Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (2283/2020)
Base reguladora y convocatoria para la concesión de ayudas "plan estímulo al consumo en el comercio minorista de la ciudad de Mérida para el año 2020"
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 2283/2020
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 2283/2020
Base reguladora y convocatoria para la concesión de ayudas "plan estímulo al consumo en el comercio minorista de la
ciudad de Mérida para el año 2020"
BASE REGULADORA Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS "PLAN ESTÍMULO AL CONSUMO EN EL COMERCIO
MINORISTA DE LA CIUDAD DE MÉRIDA PARA EL AÑO 2020"
BASE 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, del Excmo. Ayuntamiento de Mérida, destinadas al sector del comercio minorista en la ciudad
de Mérida; así como el fomento del consumo en los establecimientos beneficiarios mediante bonos-descuento. Estas ayudas
están destinadas a paliar las consecuencias negativas sobre este sector de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de
14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19 y demás normas que la complementan.
2. El procedimiento de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concesión por concurrencia competitiva. Las
ayudas se distribuirán en dos líneas:
a) Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con
descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad
comercial.
b) Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre
los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del
cierre temporal de determinadas actividades.
3. La concesión de las ayudas estará condicionada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes en la
partida correspondiente y a la finalización de la convocatoria.
BASE 2.- NORMATIVA APLICABLE.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
c) Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el
DOE en el número 59 del 25 de marzo de 2011.
d) Ordenanza general municipal de subvenciones publicado en el BOP de Badajoz en el anuncio número 5.852
del Boletín número 117, de 22 de junio 2010.
BASE 3.- CRÉDITO DE LA AYUDA.
La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de cuatrocientos
noventa mil euros (490.000,00 euros).
Existe crédito suficiente en la partida 921147900 "plan de estímulo al consumo del comercio local", del presupuesto del
ejercicio 2020 para hacer frente al gasto total que supone la presente convocatoria.
No obstante lo anterior, se prevé que además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, se podrá contar con
una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, como consecuencia de un
aumento del crédito disponible.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ciudad de Mérida para el año 2020"
BASE REGULADORA Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS "PLAN ESTÍMULO AL CONSUMO EN EL COMERCIO
MINORISTA DE LA CIUDAD DE MÉRIDA PARA EL AÑO 2020"
BASE 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, del Excmo. Ayuntamiento de Mérida, destinadas al sector del comercio minorista en la ciudad
de Mérida; así como el fomento del consumo en los establecimientos beneficiarios mediante bonos-descuento. Estas ayudas
están destinadas a paliar las consecuencias negativas sobre este sector de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de
14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19 y demás normas que la complementan.
2. El procedimiento de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concesión por concurrencia competitiva. Las
ayudas se distribuirán en dos líneas:
a) Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con
descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad
comercial.
b) Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre
los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del
cierre temporal de determinadas actividades.
3. La concesión de las ayudas estará condicionada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes en la
partida correspondiente y a la finalización de la convocatoria.
BASE 2.- NORMATIVA APLICABLE.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
c) Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el
DOE en el número 59 del 25 de marzo de 2011.
d) Ordenanza general municipal de subvenciones publicado en el BOP de Badajoz en el anuncio número 5.852
del Boletín número 117, de 22 de junio 2010.
BASE 3.- CRÉDITO DE LA AYUDA.
La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de cuatrocientos
noventa mil euros (490.000,00 euros).
Existe crédito suficiente en la partida 921147900 "plan de estímulo al consumo del comercio local", del presupuesto del
ejercicio 2020 para hacer frente al gasto total que supone la presente convocatoria.
No obstante lo anterior, se prevé que además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, se podrá contar con
una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, como consecuencia de un
aumento del crédito disponible.
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