3. Otras disposiciones. . (2025/145-42)
Orden de 24 de julio de 2025, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales en el ejercicio presupuestario 2025, para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10695/3

En el presente ejercicio hay que incluir al municipio de Torrox (Málaga), que supera los
20.000 habitantes, tal y como establece el Real Decreto 1210/2024, de 28 de noviembre,
por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del
Padrón Municipal referidas al 1 de enero de 2024. En consecuencia, este municipio debe
ser objeto de una financiación propia desde el 1 de enero de 2025, puesto que asume
las competencias de gestión de los Servicios Sociales Comunitarios, conforme a lo
establecido en el art. 27.1 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de
Andalucía, en el artículo 9.3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local
de Andalucía, así como lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y una vez aprobado el Acuerdo del Pleno del
Ayuntamiento de Torrox, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2024.
En este contexto, la Diputación Provincial de Málaga presenta una situación particular
puesto que el importe de los remanentes correspondientes al ejercicio 2024 es superior
al que le corresponde percibir por la distribución de créditos del ejercicio 2025 con cargo
a la aportación estatal. Esta situación obedece al hecho de que en el ejercicio 2024, el
importe percibido por esta Diputación incluía el del municipio de Torrox, que ha asumido la
Gestión de los Servicios Sociales Comunitarios en el ejercicio 2025. Por tanto, la cantidad
a percibir por el municipio de Torrox en el ejercicio 2025 para el programa de refuerzo de
los equipos de Infancia y Familia de Atención Primaria será publicada una vez realizados
los ajustes presupuestarios necesarios.
Tanto las asignaciones procedentes del presupuesto propio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, como las procedentes de los Presupuestos Generales del
Estado, se distribuyen entre todas las Entidades Locales de Andalucía de acuerdo con
el índice de población, en función de lo estipulado en la disposición transitoria única del
Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los
Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
De conformidad con el artículo 5 del citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, las
cantidades se abonarán a las Entidades Locales, en concepto de transferencias de
financiación, una vez adoptado el acuerdo de distribución de créditos por parte del órgano
competente de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En su virtud, a propuesta del Director General de Protección Social y Barriadas de
Actuación Preferente, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente
y de conformidad con las competencias que confiere el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Aprobar para el ejercicio 2025 la distribución de los créditos que deban
satisfacerse por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de Andalucía a las
Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte
mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en los Anexos I y II
de la presente orden, así como la distribución de los créditos respecto a la aportación
del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, correspondiente a
la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la transferencia de los mismos, conforme se
establece en los Anexos III y IV, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de
julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios
en Andalucía y en el Acuerdo de 16 de mayo de 2025, del Pleno del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Segundo. Los créditos destinados a financiar los Servicios Sociales Comunitarios en
Andalucía ascienden a 41.750.905,00 euros para el desarrollo de Prestaciones Básicas
de Servicios Sociales de Entidades Locales (Plan Concertado) con cargo a la aplicación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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