Disposiciones generales. . (2025/145-6)
Extracto de la Orden de 18 de julio de 2025, por la que se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas para la consolidación de las organizaciones y asociaciones de productores pesqueros y acuícolas, y para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización elaborados por dichas organizaciones, correspondiente a la campaña 2026, reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10677/4
e) En el caso de ayudas a la preparación y ejecución de los PPYC, la actuación
subvencionada deberá contribuir a los indicadores del resultado del Programa para
España del FEMPA.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social.
Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para la consolidación
de las OPP y AOP, y para la preparación y ejecución de los PPYC elaborados por dichas
organizaciones, reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de
conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura «Promover la comercialización, la calidad y el valor
añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos
productos», regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la
Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se establecen normas reguladoras de las
Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en Andalucía,
y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no
competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, publicada en el BOJA
núm. 206, de 22 de octubre de 2024.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes y la documentación que deba acompañarlas se dirigirán a la persona
titular de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, y se presentarán
de forma electrónica ajustándose al formulario Anexo I que se adjunta a la orden de
convocatoria, a través de la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica General de la Junta de Andalucía, indicada en el
apartado segundo del propongo primero.
2. El plazo de presentación de solicitudes será del 15 al 30 de septiembre de 2025.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la orden de convocatoria. Asimismo, estará a disposición de
las personas y entidades solicitantes en la siguiente dirección electrónica del Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la
Junta de Andalucía:
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS Y
SERVICIOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA GENERAL DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA
Ayudas para la consolidación
de las OPP y AOP
25592
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25592.html
Ayudas a la preparación y ejecución
de los PPYC
25009
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25009.html
Sevilla, 18 de julio de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324275
LÍNEA DE AYUDA
BOJA
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10677/4
e) En el caso de ayudas a la preparación y ejecución de los PPYC, la actuación
subvencionada deberá contribuir a los indicadores del resultado del Programa para
España del FEMPA.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social.
Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para la consolidación
de las OPP y AOP, y para la preparación y ejecución de los PPYC elaborados por dichas
organizaciones, reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de
conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura «Promover la comercialización, la calidad y el valor
añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos
productos», regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la
Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se establecen normas reguladoras de las
Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en Andalucía,
y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no
competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, publicada en el BOJA
núm. 206, de 22 de octubre de 2024.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes y la documentación que deba acompañarlas se dirigirán a la persona
titular de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, y se presentarán
de forma electrónica ajustándose al formulario Anexo I que se adjunta a la orden de
convocatoria, a través de la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica General de la Junta de Andalucía, indicada en el
apartado segundo del propongo primero.
2. El plazo de presentación de solicitudes será del 15 al 30 de septiembre de 2025.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la orden de convocatoria. Asimismo, estará a disposición de
las personas y entidades solicitantes en la siguiente dirección electrónica del Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la
Junta de Andalucía:
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS Y
SERVICIOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA GENERAL DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA
Ayudas para la consolidación
de las OPP y AOP
25592
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25592.html
Ayudas a la preparación y ejecución
de los PPYC
25009
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25009.html
Sevilla, 18 de julio de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324275
LÍNEA DE AYUDA