Disposiciones generales. . (2025/144-2)
Decreto 130/2025, de 23 de julio, por el que se autoriza el inicio de la actividad de la universidad privada Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo, se aprueban sus Normas de Organización y Funcionamiento, y se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias y la creación de los centros que se encargarán de la gestión administrativa y organización de las mismas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10574/3

el artículo 95.2 y 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
y en el artículo 3 de la Ley 11/2023, de 3 de octubre, de reconocimiento de la universidad
privada Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo.
Segundo. Aprobación de las Normas de Organización y Funcionamiento.
Aprobar las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Tecnológica
Atlántico-Mediterráneo, de conformidad con lo establecido en el artículo 95.3 de la Ley de
la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el artículo 1.4 de
la Ley 11/2023, de 3 de octubre, de reconocimiento de la universidad privada Universidad
Tecnológica Atlántico-Mediterráneo, cuyo texto se adjunta como anexo del presente
decreto.

Cuarto. Enseñanzas objeto de autorización.
1. Se autoriza, a solicitud de la Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo, a
partir del curso 2025/2026, la implantación de las nuevas enseñanzas conducentes a
la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, correspondientes a los ciclos de Grado, Máster y Doctorado, que se relacionan
a continuación:
a) Grado en Economía Digital e Inteligencia de Negocios.
b) Grado en Marketing Digital.
c) Grado en Derecho.
d) Grado en Educación Primaria.
e) Grado en Educación Infantil.
f) Grado en Comunicación Digital y Periodismo.
g) Grado en Finanzas y Contabilidad.
h) Grado en Ingeniería de Organización Industrial.
i) Grado en Ingeniería Informática.
j) Grado en Psicología.
k) Grado en Dietética y Nutrición.
l) Máster en Dirección de Empresas Digitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Creación de centros universitarios.
1. Se acuerda, con efectos desde el curso académico 2025-2026, la creación de
los centros de la Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo que se especifican
a continuación, encargados de la organización y de los procesos académicos,
administrativos y de gestión de la Universidad:
- Facultad Empresa Digital, Tecnología y Derecho.
- Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales.
- Facultad de Ciencias de la Salud.
2. Se autoriza la participación de la Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo
en el Acuerdo Marco de Colaboración Internacional suscrito con el consorcio Doctorado
de Estudios Paneuropeas, para el desarrollo de los programas de doctorado de la
Universidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.1 del Real Decreto 1509/2008, de 12
de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos, el
Rector o la Rectora de la Universidad Tecnológica Atlántico-Mediterráneo, dará traslado
de la presente autorización al Ministerio con competencia en materia de universidades,
a efectos de la correspondiente inscripción en el Registro de Universidades, Centros y
Títulos (RUCT).
3. Cualquier otro centro que la Universidad desee crear o implantar, deberá contar con la
autorización de la Junta de Andalucía, previa solicitud a la Consejería con competencias en
materia de universidades, de conformidad con lo previsto en la normativa de aplicación y, en
particular, según lo estipulado en el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.