3. Otras disposiciones. . (2025/143-39)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convoca la adhesión de las entidades colaboradoras para la gestión del Programa 4 «Hogares Vulnerables» de la Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.
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Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10498/29
Espacio Económico Europeo u otro espacio que haya sido declarados de nivel de
protección adecuado por la Comisión Europea o cuente con las garantías de adecuación
establecidas en el RGPD, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través
de cualesquiera subencargados autorizados conforme a lo establecido en este convenio
o demás documentos asociados, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de
la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea la
parte encargada del tratamiento se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia
internacional de datos, la parte encargada del tratamiento informará por escrito a la parte
responsable del tratamiento de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar
el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean
aplicables al mismo, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes
de interés público.
l) De conformidad con el artículo 33 del RGPD, comunicar a la parte responsable
del tratamiento, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier
violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga
conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y
comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión
de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad
de los Datos Personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible
vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento
de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio.
Comunicará con diligencia la información detallada al respecto, incluso concretando qué
interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando una persona ejerza un derecho de acceso, rectificación, supresión
y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de
decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa
aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante la persona encargada del tratamiento,
ésta debe comunicarlo a la parte responsable del tratamiento con la mayor prontitud.
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día
laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso,
con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la
solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce
el derecho.
La parte encargada del tratamiento asistirá a la parte responsable del tratamiento,
siempre que sea posible, para que ésta pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de
Derechos.
n) Colaborar con la parte responsable del tratamiento en el cumplimiento de sus
obligaciones en materia de (i) medidas de seguridad, (ii) comunicación y/o notificación de
brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes
o las personas interesadas, y (iii) colaborar en la realización de evaluaciones de
impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto
a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la
información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición del mismo, a requerimiento de este, toda la
información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en
este convenio y demás documentos asociados y colaborará en la realización de auditoras
e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por la Agencia Andaluza de la Energía y los
organismos de control competentes en materia de subvenciones.
o) Llevar, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto
en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta de la parte responsable del tratamiento, que contenga,
al menos, las circunstancias a que se refiere dicho artículo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324096
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 10498/29
Espacio Económico Europeo u otro espacio que haya sido declarados de nivel de
protección adecuado por la Comisión Europea o cuente con las garantías de adecuación
establecidas en el RGPD, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través
de cualesquiera subencargados autorizados conforme a lo establecido en este convenio
o demás documentos asociados, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de
la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea la
parte encargada del tratamiento se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia
internacional de datos, la parte encargada del tratamiento informará por escrito a la parte
responsable del tratamiento de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar
el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean
aplicables al mismo, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes
de interés público.
l) De conformidad con el artículo 33 del RGPD, comunicar a la parte responsable
del tratamiento, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier
violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga
conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y
comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión
de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad
de los Datos Personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible
vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento
de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio.
Comunicará con diligencia la información detallada al respecto, incluso concretando qué
interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando una persona ejerza un derecho de acceso, rectificación, supresión
y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de
decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa
aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante la persona encargada del tratamiento,
ésta debe comunicarlo a la parte responsable del tratamiento con la mayor prontitud.
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día
laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso,
con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la
solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce
el derecho.
La parte encargada del tratamiento asistirá a la parte responsable del tratamiento,
siempre que sea posible, para que ésta pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de
Derechos.
n) Colaborar con la parte responsable del tratamiento en el cumplimiento de sus
obligaciones en materia de (i) medidas de seguridad, (ii) comunicación y/o notificación de
brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes
o las personas interesadas, y (iii) colaborar en la realización de evaluaciones de
impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto
a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la
información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición del mismo, a requerimiento de este, toda la
información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en
este convenio y demás documentos asociados y colaborará en la realización de auditoras
e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por la Agencia Andaluza de la Energía y los
organismos de control competentes en materia de subvenciones.
o) Llevar, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto
en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta de la parte responsable del tratamiento, que contenga,
al menos, las circunstancias a que se refiere dicho artículo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324096
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía