Disposiciones generales. . (2025/143-1)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se modifica la distribución del crédito máximo disponible para la concesión de ayudas para la línea mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos de la pesca y la acuicultura, al amparo de la Orden de convocatoria, de 19 de diciembre de 2024, y la Orden de bases reguladoras, de 26 de octubre de 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10549/3
y acuícolas y las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los
productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la normativa que se cita, para la línea de
ayudas para la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los
productos pesqueros y acuícolas, quedando la distribución del crédito disponible de la
siguiente manera:
Línea de ayuda
Entidades beneficiarias
Entidades del sector
público andaluz
Ayudas para la mejora de la comercialización
Personas y entidades
mediante campañas de promoción de los
privadas
productos de la pesca y la acuicultura
Entidades sin ánimo
de lucro
TOTAL
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima
2025
1400120000/G/71P/44200/00/G4220202A6
0,00 €
1400120000/G/71P/47300/00/G4220202A6
35.100,00 €
1400120000/G/71P/48300/00/G4220202A6
78.600,00 €
113.700,00 €
Esta modificación no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de
solicitudes para esta línea de ayudas.
Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su general conocimiento.
00324147
Sevilla, 17 de julio de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 26.10.2023. BOJA núm. 210, de 2.11), el Director General, Carlos
Aldereguía Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10549/3
y acuícolas y las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los
productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la normativa que se cita, para la línea de
ayudas para la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los
productos pesqueros y acuícolas, quedando la distribución del crédito disponible de la
siguiente manera:
Línea de ayuda
Entidades beneficiarias
Entidades del sector
público andaluz
Ayudas para la mejora de la comercialización
Personas y entidades
mediante campañas de promoción de los
privadas
productos de la pesca y la acuicultura
Entidades sin ánimo
de lucro
TOTAL
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima
2025
1400120000/G/71P/44200/00/G4220202A6
0,00 €
1400120000/G/71P/47300/00/G4220202A6
35.100,00 €
1400120000/G/71P/48300/00/G4220202A6
78.600,00 €
113.700,00 €
Esta modificación no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de
solicitudes para esta línea de ayudas.
Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su general conocimiento.
00324147
Sevilla, 17 de julio de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 26.10.2023. BOJA núm. 210, de 2.11), el Director General, Carlos
Aldereguía Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja