Disposiciones generales. . (2025/141-1)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los Premios Extraordinarios en las Enseñanzas Artísticas Superiores que se imparten en centros docentes de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso 2024/2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10418/2
RESU ELV E
Primero. Objeto.
Convocar los Premios Extraordinarios a los Trabajos Fin de Grado (en adelante TFG)
en las Enseñanzas Artísticas Superiores correspondientes al curso 2024/2025, con
sujeción a lo dispuesto en la Orden de 15 de marzo de 2024, por la que se regulan los
Premios Extraordinarios en las Enseñanzas Artísticas Superiores que se imparten en
centros docentes de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Número máximo y cuantía económica de los Premios Extraordinarios.
1. En la convocatoria a la que se refiere esta resolución corresponde otorgar un total
máximo de ocho Premios Extraordinarios.
2. Se concederá un máximo de dos Premios Extraordinarios por cada una de las
enseñanzas convocadas, uno por cada una de las siguientes modalidades:
a) Premio extraordinario a la innovación.
b) Premio extraordinario a la calidad artística.
3. La dotación económica de cada Premio Extraordinario será de 1.000 euros, que
se hará efectiva con cargo a la partida 1100010336G/42H/22608/01 del Presupuesto de
Gastos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía para el año 2025.
Tercero. Composición de las Comisiones de Selección.
Las Comisiones estarán compuestas conforme a lo establecido en el artículo 7 de la
Orden de 15 de marzo.
En los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores donde no haya persona titular
de una vicedirección o vicedirección de extensión cultural y artística, la presidencia de la
Comisión será ostentada por la persona titular de la jefatura de estudios del centro. En
caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal de la persona que ostente la
presidencia, esta será sustituida por el profesor o profesora que designe la dirección del
centro y, en su defecto, por el miembro de la Comisión de mayor jerarquía, antigüedad
y edad, por este orden. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona que
ejerza la secretaría de la Comisión, esta será sustituida por el profesor o profesora que
designe la dirección del centro.
Quinto. Calendario del procedimiento.
El calendario de desarrollo del procedimiento a seguir para la concesión de los
Premios Extraordinarios será el siguiente:
a) Las Comisiones a las que se refiere el punto tercero se constituirán antes del 8 de
septiembre de 2025.
b) Las personas que ejerzan la presidencia de las Comisiones publicarán el 29 de
septiembre de 2025 en el tablón de anuncios del centro la relación de alumnas y alumnos
propuestos, con indicación del título del TFG de cada uno de ellos.
c) El alumnado propuesto dispondrá de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente
al de la publicación para manifestar su consentimiento expreso de participación en la
convocatoria, según modelo que se incluye como anexo de la Orden de 15 de marzo de
2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324016
Cuarto. Jurado.
1. El Jurado para el estudio y valoración de las candidaturas y la propuesta de
concesión de los Premios estará compuesto por las personas cuyo nombre figura en el
anexo de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Orden de
15 de marzo de 2024.
2. Los Premios Extraordinarios a los TFG se concederán según los criterios artísticos
y técnicos relacionados en las dos modalidades de Premios establecidas en el artículo 4
de la citada Orden de 15 de marzo de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10418/2
RESU ELV E
Primero. Objeto.
Convocar los Premios Extraordinarios a los Trabajos Fin de Grado (en adelante TFG)
en las Enseñanzas Artísticas Superiores correspondientes al curso 2024/2025, con
sujeción a lo dispuesto en la Orden de 15 de marzo de 2024, por la que se regulan los
Premios Extraordinarios en las Enseñanzas Artísticas Superiores que se imparten en
centros docentes de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Número máximo y cuantía económica de los Premios Extraordinarios.
1. En la convocatoria a la que se refiere esta resolución corresponde otorgar un total
máximo de ocho Premios Extraordinarios.
2. Se concederá un máximo de dos Premios Extraordinarios por cada una de las
enseñanzas convocadas, uno por cada una de las siguientes modalidades:
a) Premio extraordinario a la innovación.
b) Premio extraordinario a la calidad artística.
3. La dotación económica de cada Premio Extraordinario será de 1.000 euros, que
se hará efectiva con cargo a la partida 1100010336G/42H/22608/01 del Presupuesto de
Gastos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía para el año 2025.
Tercero. Composición de las Comisiones de Selección.
Las Comisiones estarán compuestas conforme a lo establecido en el artículo 7 de la
Orden de 15 de marzo.
En los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores donde no haya persona titular
de una vicedirección o vicedirección de extensión cultural y artística, la presidencia de la
Comisión será ostentada por la persona titular de la jefatura de estudios del centro. En
caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal de la persona que ostente la
presidencia, esta será sustituida por el profesor o profesora que designe la dirección del
centro y, en su defecto, por el miembro de la Comisión de mayor jerarquía, antigüedad
y edad, por este orden. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona que
ejerza la secretaría de la Comisión, esta será sustituida por el profesor o profesora que
designe la dirección del centro.
Quinto. Calendario del procedimiento.
El calendario de desarrollo del procedimiento a seguir para la concesión de los
Premios Extraordinarios será el siguiente:
a) Las Comisiones a las que se refiere el punto tercero se constituirán antes del 8 de
septiembre de 2025.
b) Las personas que ejerzan la presidencia de las Comisiones publicarán el 29 de
septiembre de 2025 en el tablón de anuncios del centro la relación de alumnas y alumnos
propuestos, con indicación del título del TFG de cada uno de ellos.
c) El alumnado propuesto dispondrá de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente
al de la publicación para manifestar su consentimiento expreso de participación en la
convocatoria, según modelo que se incluye como anexo de la Orden de 15 de marzo de
2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324016
Cuarto. Jurado.
1. El Jurado para el estudio y valoración de las candidaturas y la propuesta de
concesión de los Premios estará compuesto por las personas cuyo nombre figura en el
anexo de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Orden de
15 de marzo de 2024.
2. Los Premios Extraordinarios a los TFG se concederán según los criterios artísticos
y técnicos relacionados en las dos modalidades de Premios establecidas en el artículo 4
de la citada Orden de 15 de marzo de 2024.