Autoridades y personal. . (2025/139-21)
Resolución de fecha 16 de julio de 2025, del Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que se convocan ayudas para estudiar en el Servicio de Idiomas de la Universidad Pablo de Olavide, curso 2025/2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10217/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de fecha 16 de julio de 2025, del Vicerrectorado de
Internacionalización de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que
se convocan ayudas para estudiar en el Servicio de Idiomas de la Universidad
Pablo de Olavide, curso 2025/2026.
La Universidad Pablo de Olavide, consciente de la necesidad de que sus estudiantes
acrediten el dominio suficiente de una lengua extranjera cuando terminen sus estudios,
considera necesario establecer ayudas para la exención total o parcial de la matrícula
para realizar estudios en el Servicio de Idiomas de esta Universidad.
Por ello, este Rectorado
HA RESUELTO
1. Bases de la convocatoria.
1. Objeto de las ayudas. Estas ayudas tienen por objeto sufragar parcial o totalmente
los gastos de matrícula de estudios de idiomas impartidos en el Servicio de Idiomas de la
Universidad Pablo de Olavide, en cualquiera de los cursos ordinarios que se ofertan en
el mismo.
2. Destinatarios. Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes matriculados en la
Universidad Pablo de Olavide, en el curso 2025/2026, en cualquiera de los estudios de
grado que se imparten en la misma.
Ningún estudiante podrá recibir más de una ayuda para la misma finalidad, aunque
realice simultáneamente otros estudios. Las ayudas convocadas por la presente
resolución son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que
puedan recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.
3. Requisitos de carácter económico.
a) A los efectos de cálculo de la renta familiar, son miembros computables el padre
y la madre, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el
domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024 o los de mayor edad cuando se trate de
personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de
los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el
certificado municipal correspondiente. En este último caso, deberá acreditarse además el
disfrute o no de pensión pública.
Para disfrutar de esta ayuda, los solicitantes se ordenarán en función de la renta per
cápita y del resultado de este orden se adjudicarán las ayudas tal como se establece en
el artículo 4 de estas normas.
b) La renta familiar disponible se calculará en base a lo establecido en el Real Decreto
163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y
las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente
el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323814
Convocar ayudas para sufragar total o parcialmente los gastos de matrícula de los
estudios de idiomas con cargo al Servicio de Idiomas de la Universidad Pablo de Olavide.
El procedimiento para solicitar estas ayudas se encuentra descrito en el punto 2 de
esta resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10217/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de fecha 16 de julio de 2025, del Vicerrectorado de
Internacionalización de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que
se convocan ayudas para estudiar en el Servicio de Idiomas de la Universidad
Pablo de Olavide, curso 2025/2026.
La Universidad Pablo de Olavide, consciente de la necesidad de que sus estudiantes
acrediten el dominio suficiente de una lengua extranjera cuando terminen sus estudios,
considera necesario establecer ayudas para la exención total o parcial de la matrícula
para realizar estudios en el Servicio de Idiomas de esta Universidad.
Por ello, este Rectorado
HA RESUELTO
1. Bases de la convocatoria.
1. Objeto de las ayudas. Estas ayudas tienen por objeto sufragar parcial o totalmente
los gastos de matrícula de estudios de idiomas impartidos en el Servicio de Idiomas de la
Universidad Pablo de Olavide, en cualquiera de los cursos ordinarios que se ofertan en
el mismo.
2. Destinatarios. Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes matriculados en la
Universidad Pablo de Olavide, en el curso 2025/2026, en cualquiera de los estudios de
grado que se imparten en la misma.
Ningún estudiante podrá recibir más de una ayuda para la misma finalidad, aunque
realice simultáneamente otros estudios. Las ayudas convocadas por la presente
resolución son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que
puedan recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.
3. Requisitos de carácter económico.
a) A los efectos de cálculo de la renta familiar, son miembros computables el padre
y la madre, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el
domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024 o los de mayor edad cuando se trate de
personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de
los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el
certificado municipal correspondiente. En este último caso, deberá acreditarse además el
disfrute o no de pensión pública.
Para disfrutar de esta ayuda, los solicitantes se ordenarán en función de la renta per
cápita y del resultado de este orden se adjudicarán las ayudas tal como se establece en
el artículo 4 de estas normas.
b) La renta familiar disponible se calculará en base a lo establecido en el Real Decreto
163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y
las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente
el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323814
Convocar ayudas para sufragar total o parcialmente los gastos de matrícula de los
estudios de idiomas con cargo al Servicio de Idiomas de la Universidad Pablo de Olavide.
El procedimiento para solicitar estas ayudas se encuentra descrito en el punto 2 de
esta resolución.