3. Otras disposiciones. . (2025/139-22)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, para la autorización de la modificación de las tarifas contenidas en la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario de los servicios municipales del ciclo integral del agua del Ayuntamiento de Úbeda. (Exclusivamente en lo referente al suministro de agua potable a domicilio).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10285/2
TARIFA SÉPTIMA
CUOTA ACOMETIDA
La cuota única a satisfacer por este concepto tiene estructura binómica, según la expresión:
C=Axd+Bxq
En la que:
«d» es el diámetro nominal en milímetros de la acometida que corresponda ejecutar en virtud del caudal
total instalado o a instalar en el inmueble.
«q» es el caudal total instalado o a instalar en l/seg, en el inmueble, local o finca para el que solicita la
acometida, entendiéndose por tal la suma de los caudales instalados en los distintos suministros.
«A» tendrá un valor de 17,05 euros
«B» tendrá un valor de 235,16 euros
TARIFA OCTAVA
La cuota por este concepto se deducirá de la expresión:
Cc = 600 x d – 4.500 x (2 - P/t)
En la que:
«d» es el diámetro del contador en milímetros.
«p» y «t» para cada uso es el recogido en la siguiente tabla:
«p»
«t»
Doméstico
0,5696
0,0828
Calibres
15
20
25
30
40
50
Doméstico
186,05
204,10
222,15
240,20
276,30
312,40
Industrial
1,6881
0,1657
Comercial
551,29
569,34
587,39
605,44
641,54
677,64
CUOTA DE CONTRATACIÓN
Comercial
1,6881
0,0828
Industrial
275,67
293,72
311,77
329,82
365,92
402,02
Centro oficiales
1,6881
0,0828
Otros Usos
328,10
346,15
364,20
382,25
418,35
454,45
TARIFA NOVENA
Para todos los Usos:
Otros usos
1,0046
0,0828
Org. Oficiales
551,29
569,34
587,39
605,44
641,54
677,64
FIANZAS
Calibres
15
20
25
30
40
50
Tarifa
155,35
207,13
258,92
310,70
414,26
517,83
Cuando se trate de cambios de titular en el mismo domicilio, se realizará la actualización de la fianza.
AVERÍA INTERNA
EN LA RED
Cuando por causa de avería interna en la red del usuario se detecte un consumo anormal o excesivo
sobre el registrado en el mismo periodo de años anteriores, se aplicará al consumo excedido sobre el
registrado en el mismo periodo del año anterior la cantidad de 1,4492 € por m³ . En caso de no disponer
del dato de consumo registrado del mismo periodo del año anterior, se aplicará dicho importe al exceso
sobre la media del consumo de los periodos registrados de los doce últimos meses.
La aplicación de este sistema se efectuará previa tramitación de expediente a solicitud del interesado,
en el que quede demostrado, con arreglo a los informes pertinentes, que la avería obedece a causas
naturales no imputables al usuario ni existe mala fe, imprudencia o negligencia por su parte.
TARIFA DÉCIMA
TARIFA PARA GRANDES CONSUMIDORES
TARIFA PRIMERA
3,4522 € más IVA, por abonado y mes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CUOTA DE SERVICIO
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323883
En el caso de grandes consumidores, la facturación se realizará mensualmente de
acuerdo con las siguientes tarifas:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10285/2
TARIFA SÉPTIMA
CUOTA ACOMETIDA
La cuota única a satisfacer por este concepto tiene estructura binómica, según la expresión:
C=Axd+Bxq
En la que:
«d» es el diámetro nominal en milímetros de la acometida que corresponda ejecutar en virtud del caudal
total instalado o a instalar en el inmueble.
«q» es el caudal total instalado o a instalar en l/seg, en el inmueble, local o finca para el que solicita la
acometida, entendiéndose por tal la suma de los caudales instalados en los distintos suministros.
«A» tendrá un valor de 17,05 euros
«B» tendrá un valor de 235,16 euros
TARIFA OCTAVA
La cuota por este concepto se deducirá de la expresión:
Cc = 600 x d – 4.500 x (2 - P/t)
En la que:
«d» es el diámetro del contador en milímetros.
«p» y «t» para cada uso es el recogido en la siguiente tabla:
«p»
«t»
Doméstico
0,5696
0,0828
Calibres
15
20
25
30
40
50
Doméstico
186,05
204,10
222,15
240,20
276,30
312,40
Industrial
1,6881
0,1657
Comercial
551,29
569,34
587,39
605,44
641,54
677,64
CUOTA DE CONTRATACIÓN
Comercial
1,6881
0,0828
Industrial
275,67
293,72
311,77
329,82
365,92
402,02
Centro oficiales
1,6881
0,0828
Otros Usos
328,10
346,15
364,20
382,25
418,35
454,45
TARIFA NOVENA
Para todos los Usos:
Otros usos
1,0046
0,0828
Org. Oficiales
551,29
569,34
587,39
605,44
641,54
677,64
FIANZAS
Calibres
15
20
25
30
40
50
Tarifa
155,35
207,13
258,92
310,70
414,26
517,83
Cuando se trate de cambios de titular en el mismo domicilio, se realizará la actualización de la fianza.
AVERÍA INTERNA
EN LA RED
Cuando por causa de avería interna en la red del usuario se detecte un consumo anormal o excesivo
sobre el registrado en el mismo periodo de años anteriores, se aplicará al consumo excedido sobre el
registrado en el mismo periodo del año anterior la cantidad de 1,4492 € por m³ . En caso de no disponer
del dato de consumo registrado del mismo periodo del año anterior, se aplicará dicho importe al exceso
sobre la media del consumo de los periodos registrados de los doce últimos meses.
La aplicación de este sistema se efectuará previa tramitación de expediente a solicitud del interesado,
en el que quede demostrado, con arreglo a los informes pertinentes, que la avería obedece a causas
naturales no imputables al usuario ni existe mala fe, imprudencia o negligencia por su parte.
TARIFA DÉCIMA
TARIFA PARA GRANDES CONSUMIDORES
TARIFA PRIMERA
3,4522 € más IVA, por abonado y mes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CUOTA DE SERVICIO
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323883
En el caso de grandes consumidores, la facturación se realizará mensualmente de
acuerdo con las siguientes tarifas: