3. Otras disposiciones. . (2025/139-26)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las superficies concedidas de autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo para el ejercicio 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10249/2
de 10 de marzo de 2023, y a través de las herramientas informáticas disponibles en el
Registro Vitícola, a través del enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24737.html
Cuarto. El periodo de validez de las autorizaciones para nuevas plantaciones
concedidas, será de tres años contados a partir del día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión y nunca posterior al 31 de diciembre de 2045.
Quinto. Se ha aplicado un límite máximo de superficie admisible por solicitante a nivel
nacional de 5 hectáreas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9.2 del Real Decreto
1338/2018, de 29 de octubre.
Sexto. Una vez ejecutada la plantación autorizada, se deberá comunicar a la Dirección
General competente en materia agrícola, mediante la presentación del Anexo IV de la
Orden de 10 de marzo de 2023, según el procedimiento dispuesto en el artículo 8 de
dicha orden, en el plazo de un mes desde la ejecución de la nueva plantación del viñedo
de vinificación y siempre antes del 31 de julio de la campaña en curso. Si transcurrido
este plazo no se han empleado las autorizaciones concedidas, éstas quedarán sin
validez, además de incurrir en una infracción tal y como se establece en el artículo 26 del
Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre.
Séptimo. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar la publicación de la presente resolución, todo ello de conformidad con
lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Octavo. La presente resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de julio de 2025.- El Director General, Daniel Quesada Sánchez.
ANEXO I
NIF/NIE/CIF
Núm. de expediente
23790918V
24069159G
25329378F
25353183F
25599548L
30942153T
30953556H
31298558C
31307286P
31532381W
31550833P
31556671G
31568094L
31571233F
31674202M
31692352P
31723190A
34024566E
44207577J
48659028K
RVIT-GR-25-002
RVIT-GR-25-004
RVIT-MA-25-002
RVIT-MA-25-011
RVIT-MA-25-004
RVIT-CO-25-002
RVIT-CO-25-001
RVIT-CA-25-003
RVIT-CA-25-008
RVIT-CA-25-012
RVIT-SE-25-004
RVIT-CA-25-014
RVIT-CA-25-005
RVIT-SE-25-003
RVIT-CA-25-007
RVIT-CA-25-001
RVIT-CA-25-006
RVIT-CO-25-003
RVIT-HU-25-002
RVIT-JA-25-001
Nombre y apellidos/
Razón social
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Puntuación total*
0
0
2
1
2
2
2
2
0
2
2
2
2
2
3
0
2
2
2
1
Superficie
solicitada (ha)
1,75
1,20
0,10
3,94
0,40
0,47
0,20
0,53
0,99
0,41
1,57
0,30
0,46
0,37
1,43
1,45
4,72
0,52
0,60
1,40
Superficie
admisible (ha)**
1,75
1,20
0,10
3,48
0,40
0,47
0,20
0,53
0,99
0,41
1,57
0,30
0,46
0,36
1,43
1,45
4,72
0,52
0,60
1,40
Superficie
concedida (ha)
0,56
0,38
0,10
3,48
0,40
0,47
0,20
0,53
0,31
0,41
1,57
0,30
0,46
0,36
1,43
0,46
4,72
0,52
0,60
1,40
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323847
SUPERFICIES CONCEDIDAS DE AUTORIZACIONES PARA NUEVAS PLANTACIONES
DE VIÑEDO EJERCICIO 2025
BOJA
Número 139 - Martes, 22 de julio de 2025
página 10249/2
de 10 de marzo de 2023, y a través de las herramientas informáticas disponibles en el
Registro Vitícola, a través del enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24737.html
Cuarto. El periodo de validez de las autorizaciones para nuevas plantaciones
concedidas, será de tres años contados a partir del día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión y nunca posterior al 31 de diciembre de 2045.
Quinto. Se ha aplicado un límite máximo de superficie admisible por solicitante a nivel
nacional de 5 hectáreas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9.2 del Real Decreto
1338/2018, de 29 de octubre.
Sexto. Una vez ejecutada la plantación autorizada, se deberá comunicar a la Dirección
General competente en materia agrícola, mediante la presentación del Anexo IV de la
Orden de 10 de marzo de 2023, según el procedimiento dispuesto en el artículo 8 de
dicha orden, en el plazo de un mes desde la ejecución de la nueva plantación del viñedo
de vinificación y siempre antes del 31 de julio de la campaña en curso. Si transcurrido
este plazo no se han empleado las autorizaciones concedidas, éstas quedarán sin
validez, además de incurrir en una infracción tal y como se establece en el artículo 26 del
Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre.
Séptimo. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar la publicación de la presente resolución, todo ello de conformidad con
lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Octavo. La presente resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de julio de 2025.- El Director General, Daniel Quesada Sánchez.
ANEXO I
NIF/NIE/CIF
Núm. de expediente
23790918V
24069159G
25329378F
25353183F
25599548L
30942153T
30953556H
31298558C
31307286P
31532381W
31550833P
31556671G
31568094L
31571233F
31674202M
31692352P
31723190A
34024566E
44207577J
48659028K
RVIT-GR-25-002
RVIT-GR-25-004
RVIT-MA-25-002
RVIT-MA-25-011
RVIT-MA-25-004
RVIT-CO-25-002
RVIT-CO-25-001
RVIT-CA-25-003
RVIT-CA-25-008
RVIT-CA-25-012
RVIT-SE-25-004
RVIT-CA-25-014
RVIT-CA-25-005
RVIT-SE-25-003
RVIT-CA-25-007
RVIT-CA-25-001
RVIT-CA-25-006
RVIT-CO-25-003
RVIT-HU-25-002
RVIT-JA-25-001
Nombre y apellidos/
Razón social
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Puntuación total*
0
0
2
1
2
2
2
2
0
2
2
2
2
2
3
0
2
2
2
1
Superficie
solicitada (ha)
1,75
1,20
0,10
3,94
0,40
0,47
0,20
0,53
0,99
0,41
1,57
0,30
0,46
0,37
1,43
1,45
4,72
0,52
0,60
1,40
Superficie
admisible (ha)**
1,75
1,20
0,10
3,48
0,40
0,47
0,20
0,53
0,99
0,41
1,57
0,30
0,46
0,36
1,43
1,45
4,72
0,52
0,60
1,40
Superficie
concedida (ha)
0,56
0,38
0,10
3,48
0,40
0,47
0,20
0,53
0,31
0,41
1,57
0,30
0,46
0,36
1,43
0,46
4,72
0,52
0,60
1,40
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323847
SUPERFICIES CONCEDIDAS DE AUTORIZACIONES PARA NUEVAS PLANTACIONES
DE VIÑEDO EJERCICIO 2025