Disposiciones generales. . (2025/138-6)
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/16
(Página 12 de 15)
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
Finalizar el proyecto objeto de la ayuda en el plazo de ejecución establecido en la Resolución de
concesión.
24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:
Una sola forma de pago.
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:
Forma/s de pago
Supuestos objetivos
24.a).1º. Pago previa justificación:
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Proporcionar liquidez a las personas beneficiarias para comenzar la ejecución del proyecto
subvencionado.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
1 50%
A la resolución de
concesión.
3 meses de la
ejecución completa
de la actividad.
2 50%
Justificado el importe
total de la subvención.
3 meses de la
ejecución completa
de la actividad.
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
La persona o entidad beneficiaria deberá contactar con la Oficina Virtual de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos a través del siguiente acceso: https://www.ceh.juntaandalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/ para dar de alta la cuenta corriente
indicada en la solicitud de subvención o, en su caso, comprobar que dicha cuenta aparece
grabada y marcada como cuenta principal.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona beneficiaria
haya indicado en la solicitud. Si con posterioridad a la presentación de la solicitud la
persona solicitante hubiera dado de baja la cuenta indicada en el Fichero Central de Personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
BOJA
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/16
(Página 12 de 15)
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
Finalizar el proyecto objeto de la ayuda en el plazo de ejecución establecido en la Resolución de
concesión.
24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:
Una sola forma de pago.
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:
Forma/s de pago
Supuestos objetivos
24.a).1º. Pago previa justificación:
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Proporcionar liquidez a las personas beneficiarias para comenzar la ejecución del proyecto
subvencionado.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
1 50%
A la resolución de
concesión.
3 meses de la
ejecución completa
de la actividad.
2 50%
Justificado el importe
total de la subvención.
3 meses de la
ejecución completa
de la actividad.
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
La persona o entidad beneficiaria deberá contactar con la Oficina Virtual de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos a través del siguiente acceso: https://www.ceh.juntaandalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/ para dar de alta la cuenta corriente
indicada en la solicitud de subvención o, en su caso, comprobar que dicha cuenta aparece
grabada y marcada como cuenta principal.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona beneficiaria
haya indicado en la solicitud. Si con posterioridad a la presentación de la solicitud la
persona solicitante hubiera dado de baja la cuenta indicada en el Fichero Central de Personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago: