Disposiciones generales. . (2025/138-6)
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/11
(Página 7 de 15)
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
La dirección electrónica que figure en la convocatoria.
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios, con una
puntuación total máxima de 50 puntos.
1. Interés cultural proyecto a subvencionar y adecuación del mismo a la consecución de la finalidades
previstas en el apartado 1 del cuadro resumen, hasta 15 puntos.
a) Calidad de la propuesta: Hasta 5 puntos.
b) Originalidad del proyecto: Hasta 5 puntos.
c) Repercusión en la creación de nuevos públicos: Hasta 5 puntos.
2. Antigüedad, trayectoria y número de proyectos realizados por el municipio, entidad de ámbito
superior o inferior al municipal o entidad del sector público institucional de ella dependiente o
persona o entidad privada en la realización de actividades culturales, hasta 10 puntos.
2.1 En el caso de los municipios, entidades de ámbito superior o inferior al municipal o entidad del
sector público institucional de ella dependiente:
2.1.1 Número de proyectos realizados en los dos años anteriores a la convocatoria:
a) De 1 a 5 proyectos: 2 puntos.
b) De 6 a 14 proyectos: 6 puntos.
c) De 15 en adelante: 10 puntos.
2.2 En el caso de personas o entidades privadas:
2.2.1. Antigüedad. Hasta 5 puntos
a) De uno a dos años: 1 puntos.
b) De tres a siete años: 3 puntos.
c) De ocho a diez años: 5 puntos.
2.2.2 Número de proyectos realizados en los dos años anteriores a la convocatoria. Hasta 5 puntos
a) De 1 a 5 proyectos: 1 punto.
b) De 6 a 14 proyectos: 3 puntos.
c) De 15 en adelante: 5 puntos.
3. Justificación de la adecuación presupuestaria, de la capacidad económica y organizativa y de su
permanencia en el tiempo, hasta 5 puntos.
a) Baja: 1 punto.
b) Media: 3 puntos.
c) Alta: 5 puntos.
4. Destinatarios del proyecto. 10 puntos.
a) Municipio con población menor a 5.000 habitantes: 5 puntos.
b) El proyecto incluye 3 o más municipios: 5 puntos.
5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto, con incidencia en la sostenibilidad
medioambiental, en la igualdad de género y en la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social
o personas con discapacidad: 3 puntos.
6.
Empleo de mujeres en el proyecto. Hasta 4 puntos.
a) 1 mujer: 1 punto.
b) 2 mujeres: 3 puntos.
c) 3 o más mujeres: 4 puntos.
8.Fomento de la cooperación y el trabajo en red con otras entidades del sector cultural y con el tejido
institucional, asociativo y económico local. Hasta 1 punto.
9. Establecimiento de alianzas con entidades de otros ámbitos sectoriales y servicios públicos:
desarrollo rural, sector primario, agroecología, medioambiente, transición ecológica, educación, salud,
reto demográfico, etc. Hasta 1 punto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
7. Facilitación, mediante la puesta a disposición de medios de transporte gratuitos, de la movilidad y
la participación en el proyecto, o la asistencia a sus actividades, de personas residentes en las
poblaciones cercanas. Hasta 1 punto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/11
(Página 7 de 15)
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
La dirección electrónica que figure en la convocatoria.
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios, con una
puntuación total máxima de 50 puntos.
1. Interés cultural proyecto a subvencionar y adecuación del mismo a la consecución de la finalidades
previstas en el apartado 1 del cuadro resumen, hasta 15 puntos.
a) Calidad de la propuesta: Hasta 5 puntos.
b) Originalidad del proyecto: Hasta 5 puntos.
c) Repercusión en la creación de nuevos públicos: Hasta 5 puntos.
2. Antigüedad, trayectoria y número de proyectos realizados por el municipio, entidad de ámbito
superior o inferior al municipal o entidad del sector público institucional de ella dependiente o
persona o entidad privada en la realización de actividades culturales, hasta 10 puntos.
2.1 En el caso de los municipios, entidades de ámbito superior o inferior al municipal o entidad del
sector público institucional de ella dependiente:
2.1.1 Número de proyectos realizados en los dos años anteriores a la convocatoria:
a) De 1 a 5 proyectos: 2 puntos.
b) De 6 a 14 proyectos: 6 puntos.
c) De 15 en adelante: 10 puntos.
2.2 En el caso de personas o entidades privadas:
2.2.1. Antigüedad. Hasta 5 puntos
a) De uno a dos años: 1 puntos.
b) De tres a siete años: 3 puntos.
c) De ocho a diez años: 5 puntos.
2.2.2 Número de proyectos realizados en los dos años anteriores a la convocatoria. Hasta 5 puntos
a) De 1 a 5 proyectos: 1 punto.
b) De 6 a 14 proyectos: 3 puntos.
c) De 15 en adelante: 5 puntos.
3. Justificación de la adecuación presupuestaria, de la capacidad económica y organizativa y de su
permanencia en el tiempo, hasta 5 puntos.
a) Baja: 1 punto.
b) Media: 3 puntos.
c) Alta: 5 puntos.
4. Destinatarios del proyecto. 10 puntos.
a) Municipio con población menor a 5.000 habitantes: 5 puntos.
b) El proyecto incluye 3 o más municipios: 5 puntos.
5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto, con incidencia en la sostenibilidad
medioambiental, en la igualdad de género y en la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social
o personas con discapacidad: 3 puntos.
6.
Empleo de mujeres en el proyecto. Hasta 4 puntos.
a) 1 mujer: 1 punto.
b) 2 mujeres: 3 puntos.
c) 3 o más mujeres: 4 puntos.
8.Fomento de la cooperación y el trabajo en red con otras entidades del sector cultural y con el tejido
institucional, asociativo y económico local. Hasta 1 punto.
9. Establecimiento de alianzas con entidades de otros ámbitos sectoriales y servicios públicos:
desarrollo rural, sector primario, agroecología, medioambiente, transición ecológica, educación, salud,
reto demográfico, etc. Hasta 1 punto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
7. Facilitación, mediante la puesta a disposición de medios de transporte gratuitos, de la movilidad y
la participación en el proyecto, o la asistencia a sus actividades, de personas residentes en las
poblaciones cercanas. Hasta 1 punto.