Disposiciones generales. . (2025/138-6)
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
I
El Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, con el objetivo de ser el medio mediante el cual
movilizar y absorber el volumen tan importante de recursos que suponía para España el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
Ese Plan recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta
el año 2026, sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la
transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género. A su vez, el
Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes.
El componente 24: «Revalorización de la Industria Cultural», recoge como segunda
inversión la dinamización de la cultura a lo largo del territorio y, dentro de ésta, se incluye
el proyecto, gestionado por las Comunidades Autónomas, de «Ayudas para ampliar y
diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas». Dado el éxito que ha supuesto este
proyecto para el ámbito de la cultura en el medio rural, el Ministerio de Cultura, como
forma de dar continuidad al proyecto citado, ha puesto en marcha un programa de ayudas
para impulsar la cultura en el medio rural. En este caso también serán las Comunidades
Autónomas las encargadas de la gestión de las ayudas, que serán financiadas mediante
transferencias finalistas desde el Ministerio de Cultura.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 68.1 que la
Comunidad Autónoma ostenta la competencia exclusiva en materia de cultura y ello tanto
respecto a las actividades artísticas y culturales que se desarrollen en territorio andaluz,
como respecto al fomento de la creación y la producción cultural en todos los sectores así
como, la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental andaluz.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 45 del citado estatuto, en materias de su
competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía el ejercicio de
la actividad de fomento, pudiendo otorgar subvenciones con cargo a fondos propios,
regulando, o en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos para su otorgamiento y
gestionando su tramitación y concesión.
Por su parte, el artículo 1.1 del Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina que
corresponde a esta Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de cultura y deporte.
Asimismo, el artículo 5.2 del citado decreto, otorga a la persona titular de la Secretaría
General de Innovación Cultural y Museos, sin perjuicio de las competencias asignadas a la
persona titular de la Viceconsejería, entre otras competencias, la dirección, coordinación
y control de la actividad de la Consejería en materia de promoción e innovación cultural
e industrias culturales. Concretamente por aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de
este artículo le corresponden las siguientes atribuciones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
II
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
I
El Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, con el objetivo de ser el medio mediante el cual
movilizar y absorber el volumen tan importante de recursos que suponía para España el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
Ese Plan recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta
el año 2026, sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la
transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género. A su vez, el
Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes.
El componente 24: «Revalorización de la Industria Cultural», recoge como segunda
inversión la dinamización de la cultura a lo largo del territorio y, dentro de ésta, se incluye
el proyecto, gestionado por las Comunidades Autónomas, de «Ayudas para ampliar y
diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas». Dado el éxito que ha supuesto este
proyecto para el ámbito de la cultura en el medio rural, el Ministerio de Cultura, como
forma de dar continuidad al proyecto citado, ha puesto en marcha un programa de ayudas
para impulsar la cultura en el medio rural. En este caso también serán las Comunidades
Autónomas las encargadas de la gestión de las ayudas, que serán financiadas mediante
transferencias finalistas desde el Ministerio de Cultura.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 68.1 que la
Comunidad Autónoma ostenta la competencia exclusiva en materia de cultura y ello tanto
respecto a las actividades artísticas y culturales que se desarrollen en territorio andaluz,
como respecto al fomento de la creación y la producción cultural en todos los sectores así
como, la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental andaluz.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 45 del citado estatuto, en materias de su
competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía el ejercicio de
la actividad de fomento, pudiendo otorgar subvenciones con cargo a fondos propios,
regulando, o en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos para su otorgamiento y
gestionando su tramitación y concesión.
Por su parte, el artículo 1.1 del Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina que
corresponde a esta Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de cultura y deporte.
Asimismo, el artículo 5.2 del citado decreto, otorga a la persona titular de la Secretaría
General de Innovación Cultural y Museos, sin perjuicio de las competencias asignadas a la
persona titular de la Viceconsejería, entre otras competencias, la dirección, coordinación
y control de la actividad de la Consejería en materia de promoción e innovación cultural
e industrias culturales. Concretamente por aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de
este artículo le corresponden las siguientes atribuciones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323794
II