Disposiciones generales. . (2025/138-5)
Orden de 7 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas, Red PAFER dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa su convocatoria.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10198/10
(Página 3 de 15)
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: Hasta el 100% de la actividad subvencionada.
25.000 €
Cuantía máxima de la subvención:
6.000 €
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:
5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:
5.c).1º. Gastos subvencionables:
Serán subvencionables los gastos que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2.a) de
este cuadro resumen. Se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
a) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con la adecuación y mejora de
estructuras y de espacios deportivos/comunitarios locales.
b) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
c) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
d) La inversión en equipos y materiales efectuada.
e) Otros gastos derivados de trabajos realizados por empresas o profesionales que se consideran
imprescindibles para ejecutar la inversión.
A su vez, son específicamente gastos subvencionables:
1. Adecuación y mejoras:
- Reforma o renovación de instalaciones deportivas en un entorno saludable.
- Reformas para mejorar la accesibilidad de centros deportivos, como la instalación de rampas o
ascensores.
- Adaptación de espacios públicos para la creación de rutas o circuitos saludables, incluyendo la
señalización.
- Implementación de sistemas de iluminación sostenible (luces LED) en instalaciones deportivas.
2. Equipamiento
- Adquisición de equipamiento deportivo para instalaciones o espacios de la Red PAFER (ej. aparato de
musculación, elíptica, etc.).
- Adquisición de mobiliario especializado para áreas de actividad física en exteriores (ej. parque de
calistenia).
- Otros: gimnasio portátil y similares.
3. Campañas de difusión:
- Desarrollo de materiales promocionales, como folletos, carteles o contenido digital, para fomentar
la participación en programas UAEFs.
- Contratación de servicios de marketing digital para la difusión de la Red PAFER y sus programas.
- Organización de evento público para promover los beneficios de la actividad física en entornos
saludables (ej. conferencia de nutricionistas).
4. Desarrollo de plataformas digitales:
- Creación de aplicaciones móviles o plataformas web para facilitar la inscripción y seguimiento en
los programas UAEFs y otros programas relacionados con la Red PAFER.
- Implementación de sistemas de gestión digital de las instalaciones deportivas o espacios
comunitarios locales para optimizar el uso de los recursos y la participación.
No se consideran gastos subvencionables, entre otros:
1. Costes salariales recurrentes:
- Salarios de empleados propios.
- Pagos recurrentes a personal responsable de la supervisión y mantenimiento de la Red PAFER.
- Remuneración de entrenadores o instructores contratados laboralmente o de forma recurrente
para programas de actividad física.
2. Costes de mantenimiento rutinario:
- Gastos relacionados con el mantenimiento periódico de instalaciones, como la limpieza o la
sustitución de equipos de uso diario.
- Reparaciones menores de equipos deportivos o instalaciones que forman parte de la gestión
diaria.
3. Gastos relacionados con la gestión habitual de instalaciones:
- Costes derivados de la operación diaria, como pagos de servicios básicos (agua, electricidad,
internet).
- Pagos a gestores o coordinadores permanentes encargados de la administración continua de las
instalaciones, fuera de los objetivos específicos de la Red PAFER.
00323796
4. Gastos de licencias, tasas o impuestos directos e indirectos (IVA o equivalentes)cuando sean
susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
No.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10198/10
(Página 3 de 15)
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: Hasta el 100% de la actividad subvencionada.
25.000 €
Cuantía máxima de la subvención:
6.000 €
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:
5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:
5.c).1º. Gastos subvencionables:
Serán subvencionables los gastos que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2.a) de
este cuadro resumen. Se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
a) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con la adecuación y mejora de
estructuras y de espacios deportivos/comunitarios locales.
b) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
c) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
d) La inversión en equipos y materiales efectuada.
e) Otros gastos derivados de trabajos realizados por empresas o profesionales que se consideran
imprescindibles para ejecutar la inversión.
A su vez, son específicamente gastos subvencionables:
1. Adecuación y mejoras:
- Reforma o renovación de instalaciones deportivas en un entorno saludable.
- Reformas para mejorar la accesibilidad de centros deportivos, como la instalación de rampas o
ascensores.
- Adaptación de espacios públicos para la creación de rutas o circuitos saludables, incluyendo la
señalización.
- Implementación de sistemas de iluminación sostenible (luces LED) en instalaciones deportivas.
2. Equipamiento
- Adquisición de equipamiento deportivo para instalaciones o espacios de la Red PAFER (ej. aparato de
musculación, elíptica, etc.).
- Adquisición de mobiliario especializado para áreas de actividad física en exteriores (ej. parque de
calistenia).
- Otros: gimnasio portátil y similares.
3. Campañas de difusión:
- Desarrollo de materiales promocionales, como folletos, carteles o contenido digital, para fomentar
la participación en programas UAEFs.
- Contratación de servicios de marketing digital para la difusión de la Red PAFER y sus programas.
- Organización de evento público para promover los beneficios de la actividad física en entornos
saludables (ej. conferencia de nutricionistas).
4. Desarrollo de plataformas digitales:
- Creación de aplicaciones móviles o plataformas web para facilitar la inscripción y seguimiento en
los programas UAEFs y otros programas relacionados con la Red PAFER.
- Implementación de sistemas de gestión digital de las instalaciones deportivas o espacios
comunitarios locales para optimizar el uso de los recursos y la participación.
No se consideran gastos subvencionables, entre otros:
1. Costes salariales recurrentes:
- Salarios de empleados propios.
- Pagos recurrentes a personal responsable de la supervisión y mantenimiento de la Red PAFER.
- Remuneración de entrenadores o instructores contratados laboralmente o de forma recurrente
para programas de actividad física.
2. Costes de mantenimiento rutinario:
- Gastos relacionados con el mantenimiento periódico de instalaciones, como la limpieza o la
sustitución de equipos de uso diario.
- Reparaciones menores de equipos deportivos o instalaciones que forman parte de la gestión
diaria.
3. Gastos relacionados con la gestión habitual de instalaciones:
- Costes derivados de la operación diaria, como pagos de servicios básicos (agua, electricidad,
internet).
- Pagos a gestores o coordinadores permanentes encargados de la administración continua de las
instalaciones, fuera de los objetivos específicos de la Red PAFER.
00323796
4. Gastos de licencias, tasas o impuestos directos e indirectos (IVA o equivalentes)cuando sean
susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
No.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja