Disposiciones generales. . (2025/138-1)
Orden de 16 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10192/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El artículo 63.1.1.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad
Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en
materia de empleo y relaciones laborales, que incluyen en todo caso, el fomento del
empleo, siendo objetivo básico de la Comunidad Autónoma la promoción de la capacidad
emprendedora y de las iniciativas empresariales, incentivando especialmente la pequeña
y mediana empresa, la actividad de la economía social y de las personas emprendedoras
autónomas, conforme a lo dispuesto en el artículo 157.4 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
En materia de fomento, el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
determina que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad
Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar
subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los
objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
Por su parte, el artículo 5 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, las competencias relativas al trabajo autónomo. En particular, el Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la citada
Consejería, le atribuye las competencias en materia de fomento y promoción del trabajo
autónomo y del autoempleo, manteniendo dichas competencias conforme a lo previsto en
el artículo 11 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
Con fecha 3 de julio de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
núm. 125, la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para
el fomento del trabajo autónomo en Andalucía. Dicha orden regula dos líneas de
subvenciones; por un lado, la línea 1, destinada a financiar las cuotas de cotización
a la Seguridad Social devengadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo primero de cotización del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que hayan estado acogidas
a la reducción prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11
de julio, del Estatuto del trabajo autónomo y a la bonificación prevista en el artículo 38 bis
de dicha ley, siempre que hayan completado el periodo continuado de duración en
situación de alta como persona trabajadora autónoma previsto en el artículo 6.1 para
tener derecho a la concesión de la subvención; y por otro lado, la línea 2, destinada a las
personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas incluidas en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo
primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
del Mar, que sean beneficiarias de la reducción prevista en el artículo 38.1 ter de la
Ley 20/2007, de 11 de julio, y que hayan iniciado una actividad económica o profesional,
con la obligación específica de mantenimiento de forma ininterrumpida de la condición de
persona trabajadora autónoma durante doce meses.
Los artículos 4 y 5 de la citada orden regulan los requisitos que han de reunir las
personas para ser beneficiarias de las subvenciones, estableciendo que no podrán
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323790
Orden de 16 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de junio
de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del
trabajo autónomo en Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10192/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El artículo 63.1.1.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad
Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en
materia de empleo y relaciones laborales, que incluyen en todo caso, el fomento del
empleo, siendo objetivo básico de la Comunidad Autónoma la promoción de la capacidad
emprendedora y de las iniciativas empresariales, incentivando especialmente la pequeña
y mediana empresa, la actividad de la economía social y de las personas emprendedoras
autónomas, conforme a lo dispuesto en el artículo 157.4 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
En materia de fomento, el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
determina que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad
Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar
subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los
objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
Por su parte, el artículo 5 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, las competencias relativas al trabajo autónomo. En particular, el Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la citada
Consejería, le atribuye las competencias en materia de fomento y promoción del trabajo
autónomo y del autoempleo, manteniendo dichas competencias conforme a lo previsto en
el artículo 11 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
Con fecha 3 de julio de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
núm. 125, la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para
el fomento del trabajo autónomo en Andalucía. Dicha orden regula dos líneas de
subvenciones; por un lado, la línea 1, destinada a financiar las cuotas de cotización
a la Seguridad Social devengadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo primero de cotización del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que hayan estado acogidas
a la reducción prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11
de julio, del Estatuto del trabajo autónomo y a la bonificación prevista en el artículo 38 bis
de dicha ley, siempre que hayan completado el periodo continuado de duración en
situación de alta como persona trabajadora autónoma previsto en el artículo 6.1 para
tener derecho a la concesión de la subvención; y por otro lado, la línea 2, destinada a las
personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas incluidas en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo
primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
del Mar, que sean beneficiarias de la reducción prevista en el artículo 38.1 ter de la
Ley 20/2007, de 11 de julio, y que hayan iniciado una actividad económica o profesional,
con la obligación específica de mantenimiento de forma ininterrumpida de la condición de
persona trabajadora autónoma durante doce meses.
Los artículos 4 y 5 de la citada orden regulan los requisitos que han de reunir las
personas para ser beneficiarias de las subvenciones, estableciendo que no podrán
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323790
Orden de 16 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de junio
de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del
trabajo autónomo en Andalucía.