3. Otras disposiciones. . (2025/137-37)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se aprueba el Programa de Uso Público del Parque Natural Sierra de Grazalema.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Viernes, 18 de julio de 2025
página 10087/8
Programa de uso público del Parque Natural Sierra de Grazalema
1. Alcance del programa de uso público
1.1. Preámbulo
La definición del modelo de uso público se inspira en los principios enunciados por la
Estrategia de acción para la gestión del Uso Público en la RENPA.
•
El uso público debe formar parte indisociable de la estrategia de la RENPA, respondiendo
al enfoque sistémico de red como estructura organizada y funcional y asumiendo los
compromisos que le confiere este enfoque integrador en las escalas regional y local, ya
sean de índole administrativa, territorial, ambiental o socio-cultural.
•
El uso público debe contribuir a la sostenibilidad del desarrollo turístico, debe considerar
las tendencias del turismo rural, al reconocer la importancia de este sector emergente de
actividad y la de sus consecuencias sociales y ambientales, debe dar una orientación
ambiental para su desarrollo y potenciar para su propia gestión las complicidades con los
distintos agentes involucrados.
•
El us o público, al realizars e en lugares con condiciones ambientales y culturales
privilegiadas y por un público con altas expectativas, se debe gestionar siguiendo
fundamentos expresos de conservación, seguridad y calidad, con el afán de alcanzar un
resultado óptimo y equilibrado desde el punto de vista social y ambiental.
•
El uso público debe fomentar el desarrollo económico local, utilizando sus capacidades
intríns ecas para favorecer la participación de los grupos locales en s u gestión y para
promover incentivos para la acción local.
•
El uso público debe contribuir de forma significativa a la educación del visitante y a la
comunicación de la gestión de la RENPA, y constituye un escenario de participación social,
aprovechándose así la oportunidad singular para esta función que ofrece el contacto
directo de un número elevado de visitantes con los espacios naturales protegidos, y con
los elementos naturales y culturales objeto de las acciones de conservación.
Asimismo, el modelo debe ser coherente con los principios establecidos para el desarrollo
turístico sostenible enunciados en el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía:
•
Servicios turísticos eficientes y equitativos.
•
Defensa de los valores locales.
•
Cohesión territoriales.
•
Innovación para la calidad y la excelencia.
•
Apropiación social de la actividad turística por parte de la ciudadanía.
•
Gobernanza basada en la transparencia, la participación igualitaria desde una perspectiva
1
00323685
1. ALCANCE DEL PROGRAMA DE USO PÚBLICO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Viernes, 18 de julio de 2025
página 10087/8
Programa de uso público del Parque Natural Sierra de Grazalema
1. Alcance del programa de uso público
1.1. Preámbulo
La definición del modelo de uso público se inspira en los principios enunciados por la
Estrategia de acción para la gestión del Uso Público en la RENPA.
•
El uso público debe formar parte indisociable de la estrategia de la RENPA, respondiendo
al enfoque sistémico de red como estructura organizada y funcional y asumiendo los
compromisos que le confiere este enfoque integrador en las escalas regional y local, ya
sean de índole administrativa, territorial, ambiental o socio-cultural.
•
El uso público debe contribuir a la sostenibilidad del desarrollo turístico, debe considerar
las tendencias del turismo rural, al reconocer la importancia de este sector emergente de
actividad y la de sus consecuencias sociales y ambientales, debe dar una orientación
ambiental para su desarrollo y potenciar para su propia gestión las complicidades con los
distintos agentes involucrados.
•
El us o público, al realizars e en lugares con condiciones ambientales y culturales
privilegiadas y por un público con altas expectativas, se debe gestionar siguiendo
fundamentos expresos de conservación, seguridad y calidad, con el afán de alcanzar un
resultado óptimo y equilibrado desde el punto de vista social y ambiental.
•
El uso público debe fomentar el desarrollo económico local, utilizando sus capacidades
intríns ecas para favorecer la participación de los grupos locales en s u gestión y para
promover incentivos para la acción local.
•
El uso público debe contribuir de forma significativa a la educación del visitante y a la
comunicación de la gestión de la RENPA, y constituye un escenario de participación social,
aprovechándose así la oportunidad singular para esta función que ofrece el contacto
directo de un número elevado de visitantes con los espacios naturales protegidos, y con
los elementos naturales y culturales objeto de las acciones de conservación.
Asimismo, el modelo debe ser coherente con los principios establecidos para el desarrollo
turístico sostenible enunciados en el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía:
•
Servicios turísticos eficientes y equitativos.
•
Defensa de los valores locales.
•
Cohesión territoriales.
•
Innovación para la calidad y la excelencia.
•
Apropiación social de la actividad turística por parte de la ciudadanía.
•
Gobernanza basada en la transparencia, la participación igualitaria desde una perspectiva
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00323685
1. ALCANCE DEL PROGRAMA DE USO PÚBLICO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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