Disposiciones generales. . (2025/136-2)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa «Becas Santander-Complemento a las Prácticas» en colaboración con la Universidad de Huelva, por el que se concede un complemento económico al estudiantado de Grado, Posgrado y Máster.
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Jueves, 17 de julio de 2025
página 10027/5

Artículo 11. Compatibilidad de la beca/ayuda.
La percepción de la beca/ayuda objeto del Programa será compatible con la de otro
tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza igual o distinta a las que son objeto
de este Programa, cualquiera que sea su origen público o privado, a las que pueda
acceder el estudiante que realice la práctica al amparo del mismo.
Artículo 12. Difusión y publicidad.
La Universidad de Huelva se compromete a asegurar una adecuada difusión y
promoción del Programa dentro de la comunidad universitaria identificando en todo caso
y de forma clara la Plataforma.
La Universidad de Huelva hará mención expresa, adicionalmente, a la denominación
«Becas Santander - Complemento a las Prácticas de la edición correspondiente»,
e incluirán el logotipo del Santander en la documentación y soportes que elaboren en
relación con el Programa.
A la finalización del Programa, se podrá organizar un evento para la presentación de
resultados del mismo, coordinado por el Santander, en calidad de empresa impulsora del
Programa, quien podrá ponerse en contacto con los beneficiarios del Programa a través
de cualquier medio, incluida la vía electrónica, para su organización.
Artículo 13. Medio de publicación y comunicación.
De conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, las bases reguladoras y la convocatoria del Programa «Becas Santander
- Complemento a las Prácticas» en colaboración con la Universidad de Huelva, se
publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS).
Las restantes resoluciones relativas al Programa se publicarán en el Tablón
Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad de Huelva. A título informativo, las bases
reguladoras, la convocatoria y las restantes resoluciones también se publicarán en la
página web del Servicio de Empleo y Emprendimiento.
Artículo 14. Sistema de recursos.
La resolución por la que se convoquen las presentes ayudas así como la resolución
final de concesión de las diferentes convocatorias pondrán fin a la vía administrativa,
pudiéndose interponer con carácter potestativo ante el Rectorado recurso de reposición
en el plazo de un mes, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236,
de 2 de octubre de 2015), o bien directamente recurso contencioso administrativo en
plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según disponen
los artículos 8, 13, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998).
Artículo 15. Entrada en vigor.
Las presente bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), quedando derogada la publicada con
anterioridad.

00323625

Huelva, 7 de julio de 2025.- El Rector, José Rodríguez Quintero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja