Autoridades y personal. . (2025/136-12)
Resolución de 11 de julio de 2025, del Vicerrectorado de Estudiantes, de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que se convocan becas de formación vinculadas a distintos programas formativos dentro de la Universidad Pablo de Olavide.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Jueves, 17 de julio de 2025
página 10090/6

- Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de
esta beca, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general
ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad Pablo
de Olavide.
- Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
- Cualesquiera otras fijadas en esta convocatoria, normativa propia de la Universidad
y por la legislación vigente.
Revocación.
El incumplimiento por el/la beneficiario/a de esta beca de las actividades especificadas
en el Plan de Formación será objeto de apertura de expediente de revocación por parte
del Área de Estudiantes de Grado, que deberá emitir informe, previa audiencia del
beneficiario/a, y elevar propuesta de revocación a la Sra. Vicerrectora de Estudiantes, de
la Universidad Pablo de Olavide.
Son causas de revocación:
- No cumplir con las obligaciones establecidas en esta convocatoria y en el
correspondiente Plan de Formación.
- Descubrirse que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos
- Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
El/la beneficiario/a que incurra en alguna causa de revocación de la beca, estará
obligado a reintegrar a la Universidad Pablo de Olavide las cantidades indebidamente
percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar.
Incompatibilidad.
El disfrute de la beca regulada por esta convocatoria es incompatible con el de
cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/
Centro de la Universidad Pablo de Olavide o cualquier otra Administración pública, así
como con cualquier relación laboral.

Protección de datos.
La solicitud de esta beca implica la aceptación del contenido de esta convocatoria y
la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad Pablo
de Olavide, como responsable del tratamiento de los datos personales del interesado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323688

Renuncia.
En el artículo décimo quinto de la resolución de 5 de Resolución de 2024, de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se aprueban las bases reguladoras
de la concesión de ayudas públicas a personas que participen en programas formativos
financiados por la Universidad Pablo de Olavide. «Las personas becarias podrán
renunciar en cualquier momento a la beca de formación que estén disfrutando. Para
formalizar su renuncia deberán presentar escrito con una antelación mínima de diez días
hábiles a la fecha de la baja, salvo causa justificada».
Quedando ésta sin efectos económicos y administrativos desde la fecha de la misma.
Suplencias.
En caso de renuncia o revocación, se adjudicará la beca al suplente con mayor
puntuación, que disfrutará de esta beca hasta el final del periodo previsto en la
convocatoria, siéndole abonada la parte proporcional correspondiente al período en el
que el beneficiario desarrolle su formación.
La relación de suplentes se gestionará de forma que la Administración universitaria,
una vez se haya producido la vacante de algún titular, llamará por teléfono al primer
suplente de la lista, que dispondrá de tres días hábiles para incorporarse a la beca. En
caso de que no atienda la llamada o renuncie a incorporarse en el plazo establecido, se
continuará con el llamamiento del siguiente nombre de la lista.