3. Otras disposiciones. . (2025/135-33)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones de deslinde, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos municipales de Huelva y de Palos de la Frontera, ambos en la provincia de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10015/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones
de deslinde, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos
municipales de Huelva y de Palos de la Frontera, ambos en la provincia de
Huelva.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de deslinde mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 25.4.2025 se emite por el IECA informe de deslinde, indicándose
en el mismo que se ha empleado como documento jurídico básico acreditativo de la
delimitación el Acta de 8 de junio de 1897, de la operación practicada para reconocer la
línea de término y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Huelva y
de Palos de la Frontera, pertenecientes ambos a la provincia de Huelva.
De la referida documentación se concluye que la línea límite Huelva-Palos de la
Frontera se halla conformada por un total de 2 puntos de amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1 es común a los municipios de Huelva, de Palos de la
Frontera y de Moguer.
El mojón bigémino final PA2 se halla compartido por los municipios de Huelva y de
Palos de la Frontera, colindando con la zona costera del Océano Atlántico.
Asistieron a las actuaciones de delimitación, realizadas el 8 de junio de 1897, los
comisionados del municipio de Palos de la Frontera, que expresaron su conformidad.
No asistieron los comisionados del municipio de Moguer, pero reconocieron la
ubicación del PA1 en el Acta 28 de abril de 1897, de la línea límite Huelva-Moguer.
Tampoco asistieron los comisionados del municipio de Huelva.
En consecuencia, la falta de avenencia de los comisionados de Huelva al trazado de
la línea delimitadora entre los municipios de Huelva y de Palos de la Frontera, conlleva
que la misma debe calificarse como provisional.
Por tanto, en el informe del IECA se realiza una propuesta de deslinde sobre los
datos provisionales de la totalidad de esta línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323613

Primero. De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.3 y 10.3 del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos
municipales de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la
demarcación municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales, con fecha 22.4.2025
la persona titular de la Secretaría General de Administración Local dictó Resolución por
la que se acuerda el inicio de las actuaciones de demarcación para el establecimiento de
los datos identificativos de la línea entre los términos municipales de Huelva y de Palos
de la Frontera, ambos en la provincia de Huelva.
En virtud de los mismos preceptos, con fecha 24.4.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de deslinde sobre los datos provisionales de la citada línea.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
administraciones públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a
los municipios interesados así como a la Diputación Provincial de Huelva.