Disposiciones generales. . (2025/135-1)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10000/6

Artículo 3. Requisitos que deben reunir las personas o entidades solicitantes para la
obtención de la subvención.
1. Los requisitos que deben reunir las personas o entidades solicitantes serán los que
se desarrollan en el apartado 4.a) del cuadro resumen.
2. Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse durante el
periodo o periodos indicados en el apartado 4.b) del cuadro resumen.
3. No se podrá obtener la condición de persona o entidad beneficiaria cuando
concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la
posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación,
cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes, exacciones
ilegales o delitos urbanísticos.
b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas
insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en
este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetas a intervención judicial o haber
sido inhabilitadas conforme a la Ley Concursal vigente, sin que haya concluido el período
de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323599

2. Con carácter específico esta línea de subvenciones se someterá a la normativa de
ayudas de Estado que se incluye en el apartado 3 del cuadro resumen. Además de lo anterior,
al estar las subvenciones cofinanciadas con FEDER, estas se ajustarán a la normativa
comunitaria, nacional y autonómica, que con carácter general se relaciona a continuación:
a) Reglamento (UE) núm. 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
En este Reglamento, de acuerdo con su artículo 1, se establecen los objetivos específicos
y el alcance de la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en relación
con el objetivo de inversión en empleo y crecimiento y el objetivo de cooperación
territorial europea (Interreg), a que se refiere el artículo 5, apartado 2, del Reglamento
(UE) 2021/1060. Asimismo, también, se establecen los objetivos específicos y el alcance
de la ayuda del Fondo de Cohesión en relación con el objetivo de inversión en empleo
y crecimiento, a que se refiere el artículo 5, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE)
2021/1060.
b) Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24
de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
c) Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1296/2013, (UE) núm. 1301/2013,
(UE) núm. 1303/2013, (UE) núm. 1304/2013, (UE) núm. 1309/2013, (UE) núm. 1316/2013,
(UE) núm. 223/2014 y (UE) núm. 283/2014 y la Decisión núm. 541/2014/UE, modificado por
el Reglamento (UE, Euratom) 2022/2434 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de
diciembre de 2022.
d) Decisión de Ejecución de la Comisión de 16.12.2022 por la que se aprueba el
programa «Programa Andalucía FEDER 2021-2027» para recibir ayuda del Fondo
Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de la inversión en empleo y
crecimiento para la Comunidad Autónoma de Andalucía en España.
e) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas
sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.