Disposiciones generales. . (2025/135-1)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10000/3
La disponibilidad de los fondos provenientes del «Programa de Andalucía FEDER
2021-2027», hace necesario instrumentar los mecanismos oportunos para que el
tejido empresarial andaluz disponga de los fondos necesarios para impulsar su
internacionalización.
El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio
exterior y la internacionalización de Andalucía, por parte de la Agencia TRADE. Unas
subvenciones que van a estar cofinanciadas por el «Programa de Andalucía FEDER
2021-2027», y que se elaboran en una coyuntura económica en la que, si bien se constata
un avance en el grado de presencia exterior de los productos andaluces, el porcentaje de
exportaciones de bienes de Andalucía con respecto a su PIB sigue estando por debajo
del total nacional, pudiéndose apreciar altibajos anuales que indican irregularidad en
la actividad exportadora que sería necesario consolidar, así como una dependencia
aún alta de las exportaciones a la Unión Europea y a la zona Euro, que aconseja un
mayor esfuerzo en la diversificación geográfica. Favorecer la internacionalización de
las empresas andaluzas y la promoción de sus productos (bienes y servicios) en el
extranjero, mediante el apoyo a la participación individual en ferias y a la realización de
viajes de prospección internacional, puede contribuir a paliar esa problemática.
En la elaboración de la presente orden, de conformidad con el mandato de
transversalidad recogido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía, se han tenido en cuenta los principios
sobre igualdad de género contenidos en la referida norma y en la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Las bases reguladoras se componen de un texto articulado, donde se desarrollan los
aspectos comunes de tramitación y del procedimiento administrativo, desde el análisis
y la concesión de las subvenciones, hasta su justificación, pago y el seguimiento de las
mismas. A este texto común, se le acompaña un cuadro resumen donde se detallan los
aspectos y características específicas de esta línea de ayuda.
La Agencia TRADE aprobará y publicará las convocatorias de subvenciones, que
se ajustarán al procedimiento establecido en las bases reguladoras, contenidas en esta
orden.
Estas bases reguladoras que se aprueban para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a las empresas en Andalucía,
se ajustan al Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo,
si bien se han elaborado sin atenerse a las bases tipo aprobadas por la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior, mediante la Orden de 20 de diciembre
de 2019, dada la conveniencia de aportar parte de la documentación desde el inicio del
procedimiento, en orden a no ralentizar el procedimiento de concesión. En este sentido,
las bases tipo pretenden constituir un procedimiento de simplificación, puesto que no se
exige que junto con la solicitud de subvención las personas interesadas aporten ningún
otro documento. Sin embargo, la experiencia acumulada por otros entes andaluces en
la tramitación de otras subvenciones ha puesto de manifiesto que, a fin de verificar la
documentación acreditativa de cada uno de los requisitos y condiciones exigidas en las
bases reguladoras con la mayor celeridad posible, resulta conveniente disponer de la
documentación junto con la solicitud, para agilizar el procedimiento y acortar los plazos
de resolución.
En la elaboración y tramitación de la presente orden se han respetado los principios
de buena regulación, previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, se han
cumplido tales principios toda vez que la tramitación ha sido participativa, que contiene
solo la regulación imprescindible, que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico,
que aprueba las bases reguladoras de las subvenciones con el objeto de conseguir
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323599
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 10000/3
La disponibilidad de los fondos provenientes del «Programa de Andalucía FEDER
2021-2027», hace necesario instrumentar los mecanismos oportunos para que el
tejido empresarial andaluz disponga de los fondos necesarios para impulsar su
internacionalización.
El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio
exterior y la internacionalización de Andalucía, por parte de la Agencia TRADE. Unas
subvenciones que van a estar cofinanciadas por el «Programa de Andalucía FEDER
2021-2027», y que se elaboran en una coyuntura económica en la que, si bien se constata
un avance en el grado de presencia exterior de los productos andaluces, el porcentaje de
exportaciones de bienes de Andalucía con respecto a su PIB sigue estando por debajo
del total nacional, pudiéndose apreciar altibajos anuales que indican irregularidad en
la actividad exportadora que sería necesario consolidar, así como una dependencia
aún alta de las exportaciones a la Unión Europea y a la zona Euro, que aconseja un
mayor esfuerzo en la diversificación geográfica. Favorecer la internacionalización de
las empresas andaluzas y la promoción de sus productos (bienes y servicios) en el
extranjero, mediante el apoyo a la participación individual en ferias y a la realización de
viajes de prospección internacional, puede contribuir a paliar esa problemática.
En la elaboración de la presente orden, de conformidad con el mandato de
transversalidad recogido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía, se han tenido en cuenta los principios
sobre igualdad de género contenidos en la referida norma y en la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Las bases reguladoras se componen de un texto articulado, donde se desarrollan los
aspectos comunes de tramitación y del procedimiento administrativo, desde el análisis
y la concesión de las subvenciones, hasta su justificación, pago y el seguimiento de las
mismas. A este texto común, se le acompaña un cuadro resumen donde se detallan los
aspectos y características específicas de esta línea de ayuda.
La Agencia TRADE aprobará y publicará las convocatorias de subvenciones, que
se ajustarán al procedimiento establecido en las bases reguladoras, contenidas en esta
orden.
Estas bases reguladoras que se aprueban para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a las empresas en Andalucía,
se ajustan al Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo,
si bien se han elaborado sin atenerse a las bases tipo aprobadas por la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior, mediante la Orden de 20 de diciembre
de 2019, dada la conveniencia de aportar parte de la documentación desde el inicio del
procedimiento, en orden a no ralentizar el procedimiento de concesión. En este sentido,
las bases tipo pretenden constituir un procedimiento de simplificación, puesto que no se
exige que junto con la solicitud de subvención las personas interesadas aporten ningún
otro documento. Sin embargo, la experiencia acumulada por otros entes andaluces en
la tramitación de otras subvenciones ha puesto de manifiesto que, a fin de verificar la
documentación acreditativa de cada uno de los requisitos y condiciones exigidas en las
bases reguladoras con la mayor celeridad posible, resulta conveniente disponer de la
documentación junto con la solicitud, para agilizar el procedimiento y acortar los plazos
de resolución.
En la elaboración y tramitación de la presente orden se han respetado los principios
de buena regulación, previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, se han
cumplido tales principios toda vez que la tramitación ha sido participativa, que contiene
solo la regulación imprescindible, que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico,
que aprueba las bases reguladoras de las subvenciones con el objeto de conseguir
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323599
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía