Disposiciones generales. . (2025/135-1)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10000/29

 Órganos colegiados:
No.
 Sí. Denominación: Comité de Operaciones Financieras e Incentivos (COFI).
Funciones:
 Análisis de las solicitudes.
 Propuesta provisional de resolución.
 Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
 Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Analizar las subvenciones de conformidad con la normativa subvencionadora que resulte de
aplicación, y emitir un informe sobre la viabilidad económico-financiera y técnica del proy ecto
presentado con carácter previo a su aprobación, excepto en caso de delegación en los términos
estatutariamente previstos.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: El personal técnico gestor de
la Dirección de Financiación Empresarial de la Agencia TRADE.
 Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas a las anteriores.

13. Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 11):
La persona o entidad que tenga la consideración de interesada en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrá conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://www.andaluciatrade.es/oficinavirtual

14.- Documentación (Artículos 10 y 17):
14 a) 1. Documentación acreditativa a presentar ajustándose al formulario I anexo a las convocatorias (Artículo 10):
1. Escrituras de Constitución y última modificación estatutaria, registradas e inscritas en el Registro
Mercantil o declaración de alta para el caso de autónomos.
2. Escrituras y/o Poderes de Representación, registradas e inscritas en el Registro Mercantil. Para el caso
de representación mancomunada, es necesario presentar el documento que acredite el alta como
socio/a mancomunado/a.

3. En el caso de representaciones realizadas por terceras personas, el poder de representación que faculte
para la tramitación completa del procedimiento.

5. Informe de vida laboral de la/s cuenta/s de cotización de la empresa en la que figuren los empleados
que van a realizar la actuación a subvencionar.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323599

4. Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas.