Disposiciones generales. . (2025/135-1)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10000/25

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
 No se establecen.
 Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado: ……………………………………….
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de
concesión:
 Todas.
 Ninguna.
 Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4):
5.a) Cuantía:
 Porcentaje máximo de la subvención:
 Cuantía máxima de la subvención:
 Cuantía mínima de la subvención:
 Importe cierto:
 Otra forma:
En la convocatoria se establecerá la cuantía de las subvenciones, que se situará entre el 50% y el 100% de
los costes subvencionables así como el límite máximo de personas de la empresa cuyos gastos serán
subvencionables en cada una de las actuaciones. En el caso de gastos de viajes de prospección
internacional, se calcularán siguiendo el método de costes simplificados basado en costes unitarios y
sumas a tanto alzado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1. e) del Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
En cualquier caso, la cuantía máxima estará limitada por el importe máximo que determine cada uno de
los Reglamentos de minimis aplicables en función del tipo de sector económico en el que opere cada
empresa beneficiaria.

5.b). 1º. Gastos subvencionables:
Participación individual en ferias y eventos expositivos internacionales

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1. Gastos de viaje del personal de la empresa solicitante desde España a la ciudad de celebración de la feria o el evento en el que participa.
2. Gastos de alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante en el lugar de celebración
de la feria o el evento en el que participa.
3. Gastos de suelo, equipamiento y decoración del stand de la feria o evento internacional.
4. Servicio llave en mano proporcionado por ICEX o las Asociaciones / Federaciones de Exportadores
reconocidas como entidades colaboradoras por la Secretaría de Estado de Comercio, para la
participación en el pabellón de España en las ferias internacionales en que este pabellón exista.
5. Entrada o inscripción a la feria o evento internacional.
6. Paquete expositor de la feria o evento internacional incluido con la inscripción o entrada, en los casos
en que este sea obligatorio.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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