Disposiciones generales. . (2025/135-1)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Miércoles, 16 de julio de 2025
página 10000/24

a) Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas de minimis.
b) Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas de minimis en el sector agrícola, modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118 de la
Comisión, de 10 de diciembre de 2024.
c) Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
en el sector de la pesca y de la acuicultura (DO L 190 de 28.6.2014, pp. 45-54).

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir.
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas o entidades:
1. Las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con la definición establecida en el Anexo I del
Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Asociaciones empresariales
mayoritariamente por pymes.

con

establecimiento

operativo

en

Andalucía,

integradas

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a) En el caso de las pequeñas y medianas empresas, ser sociedades que estén válidamente
constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o bien ser empresarios
individuales inscritos en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo y contar con un establecimiento
de producción o prestación de servicios en Andalucía.
b) En el caso de las asociaciones, estar integradas mayoritariamente por pymes.
c) La entidad solicitante, en la fecha de publicación de la convocatoria, debe tener un centro o
establecimiento operativo en Andalucía.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Las personas o entidades solicitantes deberán reunir los requisitos previstos en el apartado 4.a) 2º desde
la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha en la cual se produzca el pago de la subvención
concedida, sin perjuicio de lo dispuesto en las presentes bases reguladoras.

00323599

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que im piden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No es de aplicación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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