Disposiciones generales. . (2025/81-2)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se amplía para el año 2025 el plazo de presentación de la solicitud única establecido en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6072/2
Además, conforme a lo indicado en el artículo 21.1 del Real Decreto 1045/2022, de
27 de diciembre, el plazo de presentación de solicitudes de derechos de ayuda básica
a la renta para la sostenibilidad con cargo a la reserva nacional será el mismo que el
establecido para la solicitud única.
Con fecha 7 de abril de 2025 se ha publicado en el BOJA número 66, el Acuerdo de
2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara desastre natural con
incidencia en el potencial productivo agrario las borrascas acaecidas entre los meses de
febrero y marzo de 2025, se insta la adopción de medidas para paliar sus efectos y se
establecen los términos municipales afectados.
Estas lluvias han continuado a lo largo del mes de abril con bastante intensidad, lo que
ha venido a agravar la situación general del campo andaluz, llegando, en muchos casos,
a persistir en la actualidad grandes extensiones de terreno anegadas. Propiciado por lo
anterior, hay una petición unánime del sector para que se retrase la fecha de finalización
del plazo de presentación de la solicitud única de la campaña 2025.
A las adversidades climáticas anteriores, hay que unir el desconocimiento por parte
de los agricultores de la cantidad de agua de la que dispondrán para sus explotaciones
de regadío en la presente campaña, pues las Confederaciones Hidrográficas no han
asignado todavía las dotaciones de agua definitivas, lo que dificulta concretar los planes
de siembra.
Por todo ello, teniendo en cuenta la concurrencia de distintas circunstancias en la
campaña 2025, entre las que se encuentran las consecuencias negativas provocadas
por la situación de desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, reflejadas en el citado Acuerdo de 2 de abril de
2025, así como el desconocimiento por parte de los agricultores de la cantidad de agua
de la que dispondrán para sus explotaciones de regadío, es por lo que se considera
necesario mitigar sus efectos y facilitar la presentación de las solicitudes únicas a los
interesados y garantizar la correcta tramitación y gestión de las ayudas, mediante la
ampliación del mencionado plazo de presentación de la solicitud única hasta el día 15 de
mayo de 2025, inclusive.
En su virtud, y en uso de las facultades que esta Dirección General tiene atribuidas
al amparo del artículo 13.1 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
RESU ELVO
Primero. Ampliación del plazo de presentación de la solicitud única para el año 2025,
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el año 2025, el plazo de presentación de la solicitud única a que se refiere el
artículo 108.2 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a
partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de
requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la
regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, finalizará el 15 de mayo de 2025.
Sevilla, 24 de abril de 2025.- La Directora General, Raquel María Espín Crespo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319673
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6072/2
Además, conforme a lo indicado en el artículo 21.1 del Real Decreto 1045/2022, de
27 de diciembre, el plazo de presentación de solicitudes de derechos de ayuda básica
a la renta para la sostenibilidad con cargo a la reserva nacional será el mismo que el
establecido para la solicitud única.
Con fecha 7 de abril de 2025 se ha publicado en el BOJA número 66, el Acuerdo de
2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara desastre natural con
incidencia en el potencial productivo agrario las borrascas acaecidas entre los meses de
febrero y marzo de 2025, se insta la adopción de medidas para paliar sus efectos y se
establecen los términos municipales afectados.
Estas lluvias han continuado a lo largo del mes de abril con bastante intensidad, lo que
ha venido a agravar la situación general del campo andaluz, llegando, en muchos casos,
a persistir en la actualidad grandes extensiones de terreno anegadas. Propiciado por lo
anterior, hay una petición unánime del sector para que se retrase la fecha de finalización
del plazo de presentación de la solicitud única de la campaña 2025.
A las adversidades climáticas anteriores, hay que unir el desconocimiento por parte
de los agricultores de la cantidad de agua de la que dispondrán para sus explotaciones
de regadío en la presente campaña, pues las Confederaciones Hidrográficas no han
asignado todavía las dotaciones de agua definitivas, lo que dificulta concretar los planes
de siembra.
Por todo ello, teniendo en cuenta la concurrencia de distintas circunstancias en la
campaña 2025, entre las que se encuentran las consecuencias negativas provocadas
por la situación de desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, reflejadas en el citado Acuerdo de 2 de abril de
2025, así como el desconocimiento por parte de los agricultores de la cantidad de agua
de la que dispondrán para sus explotaciones de regadío, es por lo que se considera
necesario mitigar sus efectos y facilitar la presentación de las solicitudes únicas a los
interesados y garantizar la correcta tramitación y gestión de las ayudas, mediante la
ampliación del mencionado plazo de presentación de la solicitud única hasta el día 15 de
mayo de 2025, inclusive.
En su virtud, y en uso de las facultades que esta Dirección General tiene atribuidas
al amparo del artículo 13.1 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
RESU ELVO
Primero. Ampliación del plazo de presentación de la solicitud única para el año 2025,
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el año 2025, el plazo de presentación de la solicitud única a que se refiere el
artículo 108.2 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a
partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de
requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la
regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, finalizará el 15 de mayo de 2025.
Sevilla, 24 de abril de 2025.- La Directora General, Raquel María Espín Crespo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319673
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.