Disposiciones generales. . (2025/81-2)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se amplía para el año 2025 el plazo de presentación de la solicitud única establecido en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6072/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El artículo 108.2 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación,
a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento
de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común,
y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, establece
con carácter general que el plazo de presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de
febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.
No obstante, seguidamente el propio artículo 108.2 dispone que las comunidades
autónomas podrán ampliar, anualmente y siempre previa comunicación motivada al
Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., el plazo de presentación de solicitud única
en su ámbito territorial de actuación. Para el establecimiento de dichos plazos, las
comunidades autónomas habrán de tener en cuenta el plazo necesario para la obtención
de todos los datos pertinentes para una correcta gestión administrativa y financiera de
la ayuda, garantizando una programación eficaz y certera de los controles a realizar. En
todo caso, el plazo de presentación de la solicitud única que establezcan las comunidades
autónomas no podrá concluir con posterioridad al 15 de mayo.
Por su parte, la Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de
Ayudas Directas y de Mercados, por la que se dispone para el año 2025 las ayudas que se
incluyen en la solicitud única, al amparo del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
y de la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad
Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y
sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023,
así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos
a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión
en la solicitud única, así como las particularidades de la campaña 2025, dispone en su
resuelvo tercero que, de conformidad con el artículo 7.2 de la Orden de 24 de marzo de
2023, el plazo de presentación de la solicitud única será el establecido en el artículo 108
del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre. Para el año 2025, el plazo se iniciará
el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril, todo ello sin perjuicio de las modificaciones
que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de la
campaña 2025.
El plazo de presentación de la declaración gráfica de aparcería comunal será el mismo
que el establecido para la solicitud única. El plazo de presentación de la declaración gráfica
de pastos comunales, por las autoridades gestoras de los mismos, será previo al plazo
de inicio de presentación de la solicitud única. El plazo de modificación de la declaración
gráfica de pastos comunales es el mismo que el establecido para la modificación de la
solicitud única. Igualmente, el período de presentación de las comunicaciones de cesión
se iniciará a la vez que el plazo de presentación de la solicitud única establecido en el
artículo 108 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, y finalizará en la fecha que
finalice el plazo de modificación de la solicitud única de ese año.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 24 de abril de 2025, de la Dirección General de Ayudas Directas
y de Mercados, por la que se amplía para el año 2025 el plazo de presentación
de la solicitud única establecido en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de
diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma
de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud
única del sistema integrado de gestión y control.