3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/74-44)
Resolución de 13 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de abril de 2022, de esta Delegación Territorial, por la que se dispone proceder al registro y publicación de la aprobación definitiva a reserva de la simple subsanación de deficiencias de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Porcuna en sus arts. 174.c) y d) y 205.3, Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente de planeamiento relativo a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Porcuna (Jaén) en sus arts. 174.c) y d) y 205.3.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6306/18
Recomendaciones específicas a considerar en los procedimientos de prevención
ambiental exigibles.
La implantación de edificaciones en SNU deberá forzosamente utilizar la vía de las
Actuaciones de Interés Público, pues cada actuación tendrá que conseguir la declaración
de utilidad pública e interés social y superar el trámite de prevención ambiental que le
corresponda, en su caso. Con carácter general en la Prevención Ambiental (Calificaciones
Ambientales, Estudios de Impacto Ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas),
se contemplarán los siguientes aspectos aplicables en cada caso:
- La prioridad de uso en los espacios libres de las especies arbóreas y arbustivas
autóctonas.
- La idoneidad de la aplicación de medidas de ahorro energético y de recursos.
- La adecuada gestión de los Residuos tanto Inertes como Asimilables a Urbanos o
Peligrosos en cada caso.
- La adecuación de las soluciones de evacuación, depuración y control de los
efluentes líquidos residuales.
- La incidencia paisajística de las acciones adecuando las construcciones al paisaje
circundante o dotándolas de pantallas vegetales. Integración armónica de los usos
propuestos con el medio físico sobre el que se localiza estudiándose, en concreto, las
afecciones sobre la topografía de la zona.
- La minimización de la emisión de ruidos y vibraciones.
- La minimización y control adecuado de los vertidos sólidos y líquidos así como de
las emisiones a la atmósfera.
- El fomento de la utilización de materiales reciclados y reciclables y el empleo de
energías renovables.
- La incidencia sobre la movilidad examinándose si la actuación a desarrollar prevé
medidas para disminuir la congestión del tráfico.
- El adecuado control de los materiales extraídos o producidos en las obras y garantía
de que su gestión es la idónea para el tipo de residuos de que se trate, priorizando su
reciclado y aprovechamiento.
- Medidas para minimizar al máximo el número de pies arbóreos a movilizar en cada
caso y los movimientos de tierra a efectuar.
- La incidencia sobre los Espacios Naturales Protegidos y la Red Ecológica Europea
Natura 2000.
A continuación, se establecen una serie de indicadores que permiten evaluar el grado
de implementación y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
Señalar que el sistema de indicadores se ha diseñado de manera que cada indicador
permite evaluar el seguimiento y evolución del aspecto ambiental al que se refiere y,
por tanto, al cumplimiento del conjunto de medidas que para ese aspecto ambiental se
establecen en el Estudio Ambiental Estratégico. Al respecto señalar a su vez, que tal
y como establece la Declaración Ambiental Estratégica: «Las condiciones ambientales
establecidas en el Estudio Ambiental Estratégico tendrán carácter vinculante con
respecto al documento de Innovación núm. 1/2016 «Modificación puntual del PGOU en
sus artículos 174.c) y d) y 205.3» del municipio de Porcuna (Jaén).»
Este instrumento de Planeamiento ha sido inscrito en el Registro de Instrumentos
Urbanísticos, con el número 9033.
Jaén, 13 de abril de 2022.- El Delegado, Jesús Manuel Estrella Martínez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259593
- Vigilancia sobre el cumplimiento de la normativa y ordenanzas en lo referente a
sanidad, fachadas, carteles y letreros, protección contra incendios, alumbrado público,
Normas Básicas de Edificación, Normas de Seguridad y cualquier otra que sea de
aplicación.
- Control de la no implantación de especies vegetales alóctonas invasivas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6306/18
Recomendaciones específicas a considerar en los procedimientos de prevención
ambiental exigibles.
La implantación de edificaciones en SNU deberá forzosamente utilizar la vía de las
Actuaciones de Interés Público, pues cada actuación tendrá que conseguir la declaración
de utilidad pública e interés social y superar el trámite de prevención ambiental que le
corresponda, en su caso. Con carácter general en la Prevención Ambiental (Calificaciones
Ambientales, Estudios de Impacto Ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas),
se contemplarán los siguientes aspectos aplicables en cada caso:
- La prioridad de uso en los espacios libres de las especies arbóreas y arbustivas
autóctonas.
- La idoneidad de la aplicación de medidas de ahorro energético y de recursos.
- La adecuada gestión de los Residuos tanto Inertes como Asimilables a Urbanos o
Peligrosos en cada caso.
- La adecuación de las soluciones de evacuación, depuración y control de los
efluentes líquidos residuales.
- La incidencia paisajística de las acciones adecuando las construcciones al paisaje
circundante o dotándolas de pantallas vegetales. Integración armónica de los usos
propuestos con el medio físico sobre el que se localiza estudiándose, en concreto, las
afecciones sobre la topografía de la zona.
- La minimización de la emisión de ruidos y vibraciones.
- La minimización y control adecuado de los vertidos sólidos y líquidos así como de
las emisiones a la atmósfera.
- El fomento de la utilización de materiales reciclados y reciclables y el empleo de
energías renovables.
- La incidencia sobre la movilidad examinándose si la actuación a desarrollar prevé
medidas para disminuir la congestión del tráfico.
- El adecuado control de los materiales extraídos o producidos en las obras y garantía
de que su gestión es la idónea para el tipo de residuos de que se trate, priorizando su
reciclado y aprovechamiento.
- Medidas para minimizar al máximo el número de pies arbóreos a movilizar en cada
caso y los movimientos de tierra a efectuar.
- La incidencia sobre los Espacios Naturales Protegidos y la Red Ecológica Europea
Natura 2000.
A continuación, se establecen una serie de indicadores que permiten evaluar el grado
de implementación y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
Señalar que el sistema de indicadores se ha diseñado de manera que cada indicador
permite evaluar el seguimiento y evolución del aspecto ambiental al que se refiere y,
por tanto, al cumplimiento del conjunto de medidas que para ese aspecto ambiental se
establecen en el Estudio Ambiental Estratégico. Al respecto señalar a su vez, que tal
y como establece la Declaración Ambiental Estratégica: «Las condiciones ambientales
establecidas en el Estudio Ambiental Estratégico tendrán carácter vinculante con
respecto al documento de Innovación núm. 1/2016 «Modificación puntual del PGOU en
sus artículos 174.c) y d) y 205.3» del municipio de Porcuna (Jaén).»
Este instrumento de Planeamiento ha sido inscrito en el Registro de Instrumentos
Urbanísticos, con el número 9033.
Jaén, 13 de abril de 2022.- El Delegado, Jesús Manuel Estrella Martínez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259593
- Vigilancia sobre el cumplimiento de la normativa y ordenanzas en lo referente a
sanidad, fachadas, carteles y letreros, protección contra incendios, alumbrado público,
Normas Básicas de Edificación, Normas de Seguridad y cualquier otra que sea de
aplicación.
- Control de la no implantación de especies vegetales alóctonas invasivas.