Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/74-1)
Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de Cooperación Municipal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6310/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
El artículo 14.2, letra g), del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, determina que la Dirección General de Administración Local tiene entre sus
funciones la cooperación económica, ordinaria y extraordinaria, con las entidades locales
en las materias que le sean propias.
El Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local, aprobado por Orden de 20 de febrero
de 2020, contempla en el área de Administración Local una línea de subvenciones
regladas dirigidas a entidades locales andaluzas para afrontar necesidades producidas
en sus infraestructuras locales derivadas de fenómenos climáticos adversos.
La Orden de 18 de mayo de 2017 de la extinta Consejería de Presidencia y
Administración Local viene regulando desde hace unos años la concesión de
subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, para afrontar necesidades
surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe.
El objetivo de estas ayudas es financiar cualesquiera actuaciones necesarias para
la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las
entidades locales afectadas, que hubieran sido dañadas por eventos generadores de
situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de Andalucía, con el fin
de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de servicios públicos
locales, en beneficio de la comunidad vecinal.
Los importantes fenómenos naturales adversos ocurridos a lo largo de 2021, en
cuyo inicio de año, a modo de ejemplo, muchas entidades locales de la provincia de
Granada fueron afectadas de manera grave por un enjambre sísmico de proporciones
preocupantes, unido a las torrenciales lluvias y otros fenómenos naturales que tuvieron
lugar en otras zonas y territorios de la Comunidad en ese periodo de tiempo, sumado
al hecho de que no se pudo colaborar con muchas entidades solicitantes debido al
agotamiento del crédito de la convocatoria, aconseja que para esta convocatoria 2022 se
amplíe el periodo de acaecimiento de estos fenómenos a todo el año 2021, prolongándose
el mismo hasta el día 12 de junio de 2022. No obstante lo anterior, y en aras a garantizar
el principio de seguridad jurídica y lo establecido al respecto en el artículo 122 del Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, no podrán ser beneficiarias de
estas ayudas para esta convocatoria las entidades locales que hubieran recibido fondos
públicos en 2021 correspondientes a esta línea de ayudas que se pretendan destinar
a la misma finalidad y, por tanto, se produzca una coincidencia en cuanto a la entidad
beneficiaria y a la actuación a subvencionar.
Por otro lado, el programa presupuestario 81A, denominado «Cooperación y
Coordinación con las Corporaciones Locales» gestionado por la Dirección General de
Administración Local, contiene, entre otras, las partidas presupuestarias que permiten
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259598
Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la
Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración
Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales
para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe,
dentro del Plan de Cooperación Municipal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6310/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
El artículo 14.2, letra g), del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, determina que la Dirección General de Administración Local tiene entre sus
funciones la cooperación económica, ordinaria y extraordinaria, con las entidades locales
en las materias que le sean propias.
El Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local, aprobado por Orden de 20 de febrero
de 2020, contempla en el área de Administración Local una línea de subvenciones
regladas dirigidas a entidades locales andaluzas para afrontar necesidades producidas
en sus infraestructuras locales derivadas de fenómenos climáticos adversos.
La Orden de 18 de mayo de 2017 de la extinta Consejería de Presidencia y
Administración Local viene regulando desde hace unos años la concesión de
subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, para afrontar necesidades
surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe.
El objetivo de estas ayudas es financiar cualesquiera actuaciones necesarias para
la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las
entidades locales afectadas, que hubieran sido dañadas por eventos generadores de
situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de Andalucía, con el fin
de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de servicios públicos
locales, en beneficio de la comunidad vecinal.
Los importantes fenómenos naturales adversos ocurridos a lo largo de 2021, en
cuyo inicio de año, a modo de ejemplo, muchas entidades locales de la provincia de
Granada fueron afectadas de manera grave por un enjambre sísmico de proporciones
preocupantes, unido a las torrenciales lluvias y otros fenómenos naturales que tuvieron
lugar en otras zonas y territorios de la Comunidad en ese periodo de tiempo, sumado
al hecho de que no se pudo colaborar con muchas entidades solicitantes debido al
agotamiento del crédito de la convocatoria, aconseja que para esta convocatoria 2022 se
amplíe el periodo de acaecimiento de estos fenómenos a todo el año 2021, prolongándose
el mismo hasta el día 12 de junio de 2022. No obstante lo anterior, y en aras a garantizar
el principio de seguridad jurídica y lo establecido al respecto en el artículo 122 del Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, no podrán ser beneficiarias de
estas ayudas para esta convocatoria las entidades locales que hubieran recibido fondos
públicos en 2021 correspondientes a esta línea de ayudas que se pretendan destinar
a la misma finalidad y, por tanto, se produzca una coincidencia en cuanto a la entidad
beneficiaria y a la actuación a subvencionar.
Por otro lado, el programa presupuestario 81A, denominado «Cooperación y
Coordinación con las Corporaciones Locales» gestionado por la Dirección General de
Administración Local, contiene, entre otras, las partidas presupuestarias que permiten
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259598
Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la
Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración
Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales
para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe,
dentro del Plan de Cooperación Municipal.