3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/74-38)
Decreto 54/2022, de 12 de abril, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas de máster y estudios de doctorado propios de las enseñanzas artísticas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022

página 6315/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

El artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece las competencias
exclusivas que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no
universitaria, entre las que se incluyen las enseñanzas artísticas superiores.
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, como competencia
compartida, el establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución
Española, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el
desarrollo del artículo 27 de la norma fundamental, a fin de garantizar el cumplimiento de
las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 58 que
corresponde al Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas y al Consejo
Superior de Enseñanzas Artísticas, definir la estructura y el contenido básico de los
diferentes estudios de enseñanzas artísticas superiores regulados en la misma en sus
artículos 54 a 58.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dedica el Título II
a las enseñanzas que se imparten en el sistema educativo andaluz; en su Capítulo VI
se regulan las enseñanzas artísticas y la Sección 3.ª del mismo establece los principios
generales de las enseñanzas artísticas superiores, la denominación de los centros
docentes que imparten estas enseñanzas y sus órganos de gobierno.
El Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación
de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, tiene por objeto desarrollar la estructura y los aspectos básicos de
la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores.
En el Capítulo II del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, se dispone que los
centros de enseñanzas artísticas superiores a los que se refiere el artículo 58.3 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, podrán ofertar enseñanzas conducentes al Título de
Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores y título de Máster en Enseñanzas Artísticas.
De conformidad con el artículo 58.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
las Administraciones educativas fomentarán convenios con las universidades para la
organización de estudios de doctorado, en el ámbito de las enseñanzas artísticas que les
son propias, conducentes a la obtención de títulos oficiales de Doctorado impartidos por
las Universidades.
El Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, propone la incorporación del sistema
europeo de reconocimiento, transferencia y acumulación de créditos (en adelante ECTS),
como la unidad de medida que refleja los resultados del aprendizaje y el volumen de
trabajo realizado por el estudiante para alcanzar las competencias de cada enseñanza
y la expedición del Suplemento Europeo al Título a fin de promover la movilidad de
estudiantes y titulados españoles en el espacio europeo de la enseñanza superior.
El Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos
mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su artículo 20 los requisitos y la estructura
docente necesaria para la organización y desarrollo de enseñanzas conducentes a
los títulos de grado y a los títulos de máster en enseñanzas artísticas, así como a los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259603

Decreto 54/2022, de 12 de abril, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas de máster y estudios
de doctorado propios de las enseñanzas artísticas en la Comunidad Autónoma
de Andalucía.