Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/73-2)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022

página 6260/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

La Orden de 7 de febrero de 2017 aprueba las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas por parte del Servicio Andaluz de Empleo, dirigidas a personas
con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva.
La citada orden, en su disposición adicional primera, establece que la persona titular
de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo podrá efectuar convocatorias
de las subvenciones reguladas, mediante Resolución que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Desde la publicación de la citada orden, el Servicio Andaluz de Empleo ha convocado
anualmente de forma ininterrumpida desde el año 2017 las subvenciones dirigidas a los
programas de unidades de apoyo y empleo con apoyo, como instrumentos esenciales
para que, en conjunción con el resto de las ayudas dirigidas a Centros Especiales de
Empleo y a las empresas ordinarias, se logre incorporar el mayor número de personas
con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Resulta necesario continuar con la
labor de implementación de estos programas teniendo en cuenta el papel fundamental
que juegan los servicios de ajuste de personal y social de los Centros Especiales de
Empleo, así como, la importancia que tiene el empleo con apoyo en la integración en el
denominado mercado ordinario en condiciones similares al resto de los trabajadores que
desempeñan puestos equivalentes.
Al igual que se puso de manifiesto en la anterior convocatoria, respecto a la
consideración de persona con discapacidad, la Abogacía General del Estado en el
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en el informe con núm. ref.
775/2019 emitido sobre el alcance del pronunciamiento de diversas sentencias dictadas
el 29 noviembre de 2018 (números 992, 993 y 994) por la Sala de lo Social del Tribunal
Supremo, en las que declara que el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de
29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social, incurre en ultra vires,
excediendo los límites de la delegación, concluye que no tendrán la consideración de
personas con discapacidad las personas pensionistas de Seguridad Social titulares de
una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, ni
de los pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad.
Como consecuencia de ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), mediante
informe emitido, con fecha 16 de mayo de 2019, relativo a la aplicación de medidas
de políticas activas de empleo a pensionistas de Seguridad Social y clases pasivas
titulares de pensiones por incapacidad permanente por equiparación a personas con
discapacidad, señala que, a efectos de las medidas de fomento de empleo y de políticas
activas de empleo, se fomentará el empleo de las personas con discapacidad mediante
el establecimiento de ayudas que faciliten su inclusión laboral, no siendo, por tanto,
subvencionables las medidas de fomentos de empleo, a estos efectos, ocupados con
personas pensionistas de la Seguridad Social derivado de contrataciones formalizadas
con posterioridad al 29 de noviembre de 2018, salvo que tengan reconocido expresamente
un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Como consecuencias de tales consideraciones, a efectos de las subvenciones
convocadas, únicamente serán consideradas personas con discapacidad aquellas personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00259539

Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022 de las
subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de
concurrencia competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.