3. Otras disposiciones. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. (2022/73-36)
Orden de 8 de abril de 2022, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de una pintura de don Francisco Hernández Díaz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6275/2
Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2
que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura,
materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés
artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en su artículo 42.1 que
forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia
cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Reglamento de Museos
de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por el Real Decreto
620/1987, de 10 de abril, los museos de titularidad estatal admitirán, conforme a su
capacidad de custodia y con la prioridad que a continuación se señala, el depósito de
las siguientes categorías de bienes: c) Bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma
gestora del Museo que ésta decida ingresar.
Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud del interesado, en la que se hace constar
que el bien que se ofrece es de su titularidad, cumpliéndose lo previsto en el párrafo tercero
del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, acreditado el valor cultural que presenta el
bien que se dona, y que por ello acrecentará el Patrimonio Histórico de Andalucía mediante
su ingreso en el Museo de Málaga y, por ende, su incorporación a la Colección Museística
de Andalucía, a propuesta de la Dirección General de Innovación Cultural y Museos,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación de la pintura de don Francisco Hernández Díaz, ofertada
por don Francisco Hernández Escalona, en su propio nombre y en representación de
doña María Jesús Hernández Escalona, doña Carmen Hernández Escalona y doña
Marta Hernández Escalona, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyas
características se relacionan en el anexo.
Segundo. Adscribir y depositar el bien relacionado en el anexo en el Museo de Málaga.
Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Museo de Málaga, se
levante acta de recepción definitiva, mencionando la presente orden de aceptación de la
donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de abril de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
A NE XO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00259559
Francisco Hernández Díaz (1932-2012).
Danae.
2009.
Óleo sobre lienzo, 200 x 200 cm.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6275/2
Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2
que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura,
materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés
artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en su artículo 42.1 que
forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia
cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Reglamento de Museos
de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por el Real Decreto
620/1987, de 10 de abril, los museos de titularidad estatal admitirán, conforme a su
capacidad de custodia y con la prioridad que a continuación se señala, el depósito de
las siguientes categorías de bienes: c) Bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma
gestora del Museo que ésta decida ingresar.
Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud del interesado, en la que se hace constar
que el bien que se ofrece es de su titularidad, cumpliéndose lo previsto en el párrafo tercero
del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, acreditado el valor cultural que presenta el
bien que se dona, y que por ello acrecentará el Patrimonio Histórico de Andalucía mediante
su ingreso en el Museo de Málaga y, por ende, su incorporación a la Colección Museística
de Andalucía, a propuesta de la Dirección General de Innovación Cultural y Museos,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación de la pintura de don Francisco Hernández Díaz, ofertada
por don Francisco Hernández Escalona, en su propio nombre y en representación de
doña María Jesús Hernández Escalona, doña Carmen Hernández Escalona y doña
Marta Hernández Escalona, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyas
características se relacionan en el anexo.
Segundo. Adscribir y depositar el bien relacionado en el anexo en el Museo de Málaga.
Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Museo de Málaga, se
levante acta de recepción definitiva, mencionando la presente orden de aceptación de la
donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de abril de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
A NE XO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00259559
Francisco Hernández Díaz (1932-2012).
Danae.
2009.
Óleo sobre lienzo, 200 x 200 cm.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja