Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/73-4)
Orden de 6 de abril de 2022, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Costa de Almería, reguladas en la Orden de 8 de mayo de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022

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presentarán preferiblemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392/como-solicitar.html
siendo obligatoria dicha presentación electrónica para las personas o entidades señaladas
en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, además de en la forma recogida en el párrafo anterior, podrán presentar
el formulario de solicitud en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse electrónicamente con
la Administración deberán disponer de un sistema de identificación y firma que permita
garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la referida Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Cuarto. Trámite de audiencia, reformulación y aceptación.
A los efectos del trámite de audiencia, reformulación y aceptación regulados en el
artículo 23.3 de la Orden de 8 de mayo de 2021, la persona o entidad solicitante deberá
cumplimentar el modelo de formulario que se publica como Anexo II junto con la presente
orden de convocatoria. Este formulario Anexo II, junto con la documentación que lo
acompañe, deberá presentarse en los lugares indicados en el apartado tercero del
resuelvo tercero.
Quinto. Resolución.
1. La persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por delegación
de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, resolverá y publicará la resolución en un plazo máximo de seis meses,
computándose dicho plazo a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del
plazo para la presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no hubiera
recaído resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas
sus solicitudes por silencio administrativo, de conformidad con lo establecido en el
artículo 24.4 de la Orden de 8 de mayo de 2021.
2. La resolución de la ayuda se publicará a efectos de su notificación en la página web
de la Consejería competente en materia de pesca y acuicultura, así como en el Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392/como-solicitar.html

Séptimo. Anexos.
1. Se publican junto con la presente orden los siguientes formularios:
a) Anexo I: Formulario de solicitud.
b) Anexo I.bis: Listado de personas miembros de una agrupación de personas de acuerdo
con el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Plazos de ejecución y justificación de los proyectos subvencionados.
1. Se establece el día 30 de marzo de 2023 como fecha máxima para la ejecución de
los proyectos subvencionados con cargo a las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia
de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la
Comarca Noroeste de Cádiz.
2. La justificación se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la
finalización del plazo establecido para la ejecución, debiendo acompañar a la solicitud de
pago la documentación relacionada en el artículo 28 de la Orden de 8 de mayo de 2021.