Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/73-4)
Orden de 6 de abril de 2022, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Costa de Almería, reguladas en la Orden de 8 de mayo de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022

página 6279/2

3. La información asociada al procedimiento de ayudas al desarrollo de proyectos
acogidos a la Estrategia del Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción
Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz está disponible en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios del Portal de la Junta de Andalucía, código de
procedimiento 24392, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392.html
Segundo. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Costa de Almería están cofinanciadas
por la Unión Europea en un 85 por ciento a través del Fondo Europeo Marítimo y de
Pesca, siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad Autónoma de
Andalucía el 15 por ciento restante.
2. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Costa de Almería en el marco
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca se harán efectivas a través de los siguientes
créditos presupuestarios que se especifican a continuación con arreglo a la cuantía total
máxima total de 600.000 €:
Tipo de beneficiario
Corporaciones locales
Entidades privadas
Entidades sin ánimo de lucro

Partida presupuestaria
1300120000G/71P/76300/00
G1840412G6 2019000251
1300120000 G/71P/77300/00
G1840412G6 2018000116
1300120000 G/71P/78300/00
G1840412G6 2016000391
TOTAL

Cuantía máxima
2022 (€)

Cuantía máxima
2023 (€)

90.000
350.000

50.000

110.000
550.000

50.000

Tercero. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al formulario Anexo I que se
adjunta a la presente orden.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde
el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
3. Tanto las solicitudes de ayudas como la documentación que deba acompañarlas
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura y se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259563

3. La cuantía total máxima convocada tiene carácter estimativo, quedando vinculados
los créditos presupuestarios establecidos de tal manera que, en caso de agotarse alguno,
este podrá ser compensado con otro u otros de los créditos convocados para este mismo
grupo o para otros Grupos de Acción Local del Sector Pesquero Andaluz.
4. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
5. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente
se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá
una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada
con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de
un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o
una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.