Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/73-7)
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2022, por la que se convoca la línea de subvención plurianual 2022 del Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022

página 6278/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2022, por la que se convoca la línea
de subvención plurianual 2022 del Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de
concurrencia no competitiva, a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios
y Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información
a la Mujer.
BDNS (Identif): 620604.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
De acuerdo a lo previsto en el apartado 2.e) del artículo 40 del texto refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el expediente de gasto correspondiente a esta
convocatoria de subvenciones es de carácter plurianual.
Primero. Convocatoria.
Se convoca la línea de subvención plurianual 2022, en la modalidad de concesión en
régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, regulada en el
marco de la Orden de 28 de junio de 2016 (BOJA número 125, de 1 de julio), de la Consejería
de Igualdad y Políticas Sociales a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y
Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer,
modificada por la Orden de 8 de marzo de 2018 (BOJA número 50, de 13 de marzo).
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos, las Mancomunidades
de Municipios y los Consorcios de Andalucía que tengan Centro Municipal de Información
a la Mujer en funcionamiento y se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4 del
cuadro resumen de la línea regulada en la Orden 28 de junio de 2016 (BOJA número 125,
de 1 de julio), modificada por la Orden de 8 de marzo de 2018 (BOJA número 50, de 13
de marzo).
La documentación acreditativa de los requisitos a presentar se establece en el
apartado 14 del citado cuadro resumen.

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Ayuntamientos,
Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el mantenimiento de los Centros
Municipales de Información a la Mujer, aprobadas mediante la Orden de 28 de junio de
2016 (BOJA número 125, de 1 de julio), modificada por la Orden de 8 de marzo de 2018
(BOJA número 50, de 13 de marzo).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259562

Tercero. Objeto.
Financiación de los gastos de mantenimiento de los Centros Municipales de Información
a la Mujer en aplicación del artículo 41.1 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas
de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, entendiendo en todo
caso la violencia de género como la manifestación de la discriminación, la situación de
desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, que se ejerce
sobre estas por el solo hecho de serlo.