4. Administración de justicia. Juzgados de Primera Instancia. (2022/73-37)
Edicto de 4 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1602/2012.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6243/2
dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica
gratuita.
Así lo pronuncio, mando y firmo. La Magistrado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Enrique Ángel Villegas
Perea, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno.El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
00259517
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6243/2
dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica
gratuita.
Así lo pronuncio, mando y firmo. La Magistrado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Enrique Ángel Villegas
Perea, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno.El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
00259517
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja