4. Administración de justicia. Juzgados de Primera Instancia. (2022/73-37)
Edicto de 4 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1602/2012.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6243/1
4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
Edicto de 4 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete
de Sevilla, dimanante de autos núm. 1602/2012.
NIG: 4109142C20010015433.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1602/2012. Negociado: 2.º
De: Sulema Elisabeth Huaman Lector.
Procurador: Sr. Juan Antonio Moreno Cassy.
Letrado: Sra. Alicia Rodríguez Barrera.
Contra: Enrique Ángel Villegas Perea.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1602/2012, seguido en el Juzgado de
Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla (Familia) a instancia de Sulema Elisabeth
Huaman Lector contra Enrique Ángel Villegas Perea, se ha dictado la sentencia que,
copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 458
En Sevilla, a 8 de julio de 2013.
Vistos por la Iltma. Sra. doña María Núñez Bolaños, Magistrada-Juez de Primera
Instancia (Familia) número Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de
divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 1602/12,
a instancia del Procurador de los Tribunales Sr. Juan Antonio Moreno Cassy, en nombre
y representación de doña Sulema Elisabeth Huaman Lector, frente a su cónyuge don
Enrique Ángel Villegas Perea.
Que, estimando la demanda de divorcio promovida a instancia del Procurador de los
Tribunales Sr. Juan Antonio Moreno Cassy, en nombre y representación de doña Sulema
Elisabeth Huaman Lector, frente a su cónyuge don Enrique Ángel Villegas Perea, debo
declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los
efectos inherentes a tal declaración; todo ello sin expresa condena en costas.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación,
que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados
desde el siguiente al de la notificación.
Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito
en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3956000000-1602-12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata
de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo
establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos
de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259517
FA LLO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 6243/1
4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
Edicto de 4 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete
de Sevilla, dimanante de autos núm. 1602/2012.
NIG: 4109142C20010015433.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1602/2012. Negociado: 2.º
De: Sulema Elisabeth Huaman Lector.
Procurador: Sr. Juan Antonio Moreno Cassy.
Letrado: Sra. Alicia Rodríguez Barrera.
Contra: Enrique Ángel Villegas Perea.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1602/2012, seguido en el Juzgado de
Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla (Familia) a instancia de Sulema Elisabeth
Huaman Lector contra Enrique Ángel Villegas Perea, se ha dictado la sentencia que,
copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 458
En Sevilla, a 8 de julio de 2013.
Vistos por la Iltma. Sra. doña María Núñez Bolaños, Magistrada-Juez de Primera
Instancia (Familia) número Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de
divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 1602/12,
a instancia del Procurador de los Tribunales Sr. Juan Antonio Moreno Cassy, en nombre
y representación de doña Sulema Elisabeth Huaman Lector, frente a su cónyuge don
Enrique Ángel Villegas Perea.
Que, estimando la demanda de divorcio promovida a instancia del Procurador de los
Tribunales Sr. Juan Antonio Moreno Cassy, en nombre y representación de doña Sulema
Elisabeth Huaman Lector, frente a su cónyuge don Enrique Ángel Villegas Perea, debo
declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los
efectos inherentes a tal declaración; todo ello sin expresa condena en costas.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación,
que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados
desde el siguiente al de la notificación.
Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito
en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3956000000-1602-12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata
de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo
establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos
de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259517
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