3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/72-34)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Motonáutica.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6168/9
b) Estar representados en la Asamblea general de la Federación, con derecho a voz
y voto.
c) Ser beneficiario de un seguro médico que cubra los daños y riesgos derivados de
las funciones que ejercen referentes a la práctica del deporte de la motonáutica.
d) Ser informado sobre las actividades federativas.
e) Separarse libremente de la Federación.
Artículo 30. Deberes de los Jueces (árbitros).
Los jueces y árbitros tendrán los siguientes deberes:
a) Acatar las prescripciones contenidas en los presentes estatutos y los acuerdos
válidamente adoptados por los órganos federativos.
b) Abonar, en su caso, las cuotas de entrada, así como las periódicas correspondientes
a las licencias federativas.
c) Cooperar en todo momento al cumplimiento de los fines de la Federación.
d) Asistir a las pruebas y cursos que sean convocados por la Federación.
e) Respetar a los órganos de representación y de gobierno de la Federación, así
como a los miembros que lo componen; actuando de buena fe y comunicando a los
órganos competentes en primera instancia, cuantas incidencias y agravios consideren
haberse producido en relación con los miembros federados.
f) Aquellas otras que le vengan impuestas por la legislación vigente, por los presentes
estatutos, o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos federativos.
TÍTULO III
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO I
Órganos Federativos
Artículo 31. Órganos Federativos.
Son órganos de la Federación Andaluza de Motonáutica:
a) De gobierno y representación:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
- La persona titular de la Presidencia.
b) De Administración:
- El Secretario General.
- El Interventor.
c) Órganos funcionales:
El Comité de Jueces. Formados por todos los Jueces (comisarios, comisarios generales
y controladores).
Los Comités Específicos que en cada momento se designen.
d) Juez Único de Disciplina Deportiva de la FAM.
e) La Comisión Electoral.
f) Las Delegaciones Territoriales.
CAPÍTULO II
Artículo 32. La Asamblea General.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y representación y está
integrada por clubes y secciones deportivas, deportistas, entrenadores, técnicos, jueces
y árbitros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259456
La Asamblea General
BOJA
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6168/9
b) Estar representados en la Asamblea general de la Federación, con derecho a voz
y voto.
c) Ser beneficiario de un seguro médico que cubra los daños y riesgos derivados de
las funciones que ejercen referentes a la práctica del deporte de la motonáutica.
d) Ser informado sobre las actividades federativas.
e) Separarse libremente de la Federación.
Artículo 30. Deberes de los Jueces (árbitros).
Los jueces y árbitros tendrán los siguientes deberes:
a) Acatar las prescripciones contenidas en los presentes estatutos y los acuerdos
válidamente adoptados por los órganos federativos.
b) Abonar, en su caso, las cuotas de entrada, así como las periódicas correspondientes
a las licencias federativas.
c) Cooperar en todo momento al cumplimiento de los fines de la Federación.
d) Asistir a las pruebas y cursos que sean convocados por la Federación.
e) Respetar a los órganos de representación y de gobierno de la Federación, así
como a los miembros que lo componen; actuando de buena fe y comunicando a los
órganos competentes en primera instancia, cuantas incidencias y agravios consideren
haberse producido en relación con los miembros federados.
f) Aquellas otras que le vengan impuestas por la legislación vigente, por los presentes
estatutos, o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos federativos.
TÍTULO III
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO I
Órganos Federativos
Artículo 31. Órganos Federativos.
Son órganos de la Federación Andaluza de Motonáutica:
a) De gobierno y representación:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
- La persona titular de la Presidencia.
b) De Administración:
- El Secretario General.
- El Interventor.
c) Órganos funcionales:
El Comité de Jueces. Formados por todos los Jueces (comisarios, comisarios generales
y controladores).
Los Comités Específicos que en cada momento se designen.
d) Juez Único de Disciplina Deportiva de la FAM.
e) La Comisión Electoral.
f) Las Delegaciones Territoriales.
CAPÍTULO II
Artículo 32. La Asamblea General.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y representación y está
integrada por clubes y secciones deportivas, deportistas, entrenadores, técnicos, jueces
y árbitros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259456
La Asamblea General