3. Otras disposiciones. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/72-38)
Orden de 7 de abril de 2022, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6147/12
Artículo 33. Instrumentos para la igualdad.
La promoción de la igualdad en la AACID, como eje transversal en su actuación, se
llevará a cabo, en el orden interno y externo, a través del Plan de Igualdad de la Agencia
habilitando, a través de la estructura de la Agencia, los medios suficientes para garantizar
en la entidad el impulso, coordinación e implementación de la perspectiva de género en
la planificación, gestión y evaluación de las actividades y funciones asignadas a la AACID
en su Estatutos.
Artículo 34. Plan de igualdad de la AACID.
1. El Plan de Igualdad tiene por cometido establecer las medidas necesarias al objeto
de garantizar en la Agencia la igualdad de resultado, trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres y la eliminación de cualquier discriminación por razón de sexo, así
como garantizar la corresponsabilidad de la vida laboral, familiar y personal.
2. El Plan de Igualdad se negociará y aprobará en el seno de la Comisión de Igualdad
en la que deberán participar de forma paritaria la representación de la Agencia y de las
personas trabajadoras.
3. El Plan tendrá un plazo de vigencia de cuatro años y su contenido y elaboración
responderá a las determinaciones contempladas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Su evaluación anual
se llevará a cabo por la citada Comisión de Igualdad que efectuará las recomendaciones
que procedan. Concluida su vigencia procederá su revisión y, en su caso, propuesta de
elaboración de un nuevo Plan.
4. Así mismo se desarrollarán los mecanismos suficientes y adecuados para la
prevención de la violencia de género y del acoso sexual y laboral.
00259425
Disposición adicional única. Publicidad activa.
Serán objeto de publicidad, en la forma que se determine por acuerdo del Consejo
Rector, además de las cuestiones exigibles a tenor de lo dispuesto en la Ley 1/2014, de
24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el presente Reglamento de Régimen
Interior de la Agencia, la reseña sobre los acuerdos adoptados por el Consejo Rector de
la Agencia y el resultado de las adjudicaciones de bienes en los procesos que desarrollen
el Programa Anual de Enajenaciones de Bienes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6147/12
Artículo 33. Instrumentos para la igualdad.
La promoción de la igualdad en la AACID, como eje transversal en su actuación, se
llevará a cabo, en el orden interno y externo, a través del Plan de Igualdad de la Agencia
habilitando, a través de la estructura de la Agencia, los medios suficientes para garantizar
en la entidad el impulso, coordinación e implementación de la perspectiva de género en
la planificación, gestión y evaluación de las actividades y funciones asignadas a la AACID
en su Estatutos.
Artículo 34. Plan de igualdad de la AACID.
1. El Plan de Igualdad tiene por cometido establecer las medidas necesarias al objeto
de garantizar en la Agencia la igualdad de resultado, trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres y la eliminación de cualquier discriminación por razón de sexo, así
como garantizar la corresponsabilidad de la vida laboral, familiar y personal.
2. El Plan de Igualdad se negociará y aprobará en el seno de la Comisión de Igualdad
en la que deberán participar de forma paritaria la representación de la Agencia y de las
personas trabajadoras.
3. El Plan tendrá un plazo de vigencia de cuatro años y su contenido y elaboración
responderá a las determinaciones contempladas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Su evaluación anual
se llevará a cabo por la citada Comisión de Igualdad que efectuará las recomendaciones
que procedan. Concluida su vigencia procederá su revisión y, en su caso, propuesta de
elaboración de un nuevo Plan.
4. Así mismo se desarrollarán los mecanismos suficientes y adecuados para la
prevención de la violencia de género y del acoso sexual y laboral.
00259425
Disposición adicional única. Publicidad activa.
Serán objeto de publicidad, en la forma que se determine por acuerdo del Consejo
Rector, además de las cuestiones exigibles a tenor de lo dispuesto en la Ley 1/2014, de
24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el presente Reglamento de Régimen
Interior de la Agencia, la reseña sobre los acuerdos adoptados por el Consejo Rector de
la Agencia y el resultado de las adjudicaciones de bienes en los procesos que desarrollen
el Programa Anual de Enajenaciones de Bienes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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