5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/72-74)
Anuncio de 8 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por el que se dispone la publicación de la resolución que se cita.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN PARA LOS ÁMBITOS DE SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (URNS)
Identificación
URNS-1
Superficie
(m²s)
31.513
URNS-2
32.418
Usos incompatibles
Condiciones de sectorización
Disposición de sistemas generales y otras determinaciones
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Los sistemas generales que, en su caso, se prevean para la sectorización de estos ámbitos se localizarán en las zonas de mayor accesibilidad.
En el URNS-3 se localizará el SGEL-P.3 según se delimita en el plano de clasificación a efectos de proteger y conservar intacta la masa de pinos existente.
URNS-3
79.621
En los ámbitos URNS-3, URNS-4 y URNS-5 se dispondrán los espacios libres delimitados junto a la carretera del pantano.
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Se priorizará el desarrollo de aquellas zonas del suelo urbanizable no sectorizado que mejor capacidad de conexión de infraestructuras generales
tengan, aporten mayores beneficios para el desarrollo económico-social del municipio y presenten garantías para su efectiva ejecución.
Queda excluido de los ámbitos URNS-2 y URNS-4 el tramo colindante de la vía pecuaria “Vereda de Cuevas de San Marcos” considerado como SG-VP.1
Queda excluido del ámbito URNS-6 el tramo colindante de la vía pecuaria “Colada de Villanueva de Tapia” considerado como SG-VP.3.
URNS-4
165.430
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
En todo caso la sectorización de este suelo tendrá que cumplir las exigencias de la Norma 45 del POTA sobre límites de crecimiento urbano. De
acuerdo a ello no se podrán sectorizar hasta 8 años después de la aprobación definitiva del PGOU excepto si, con anterioridad, la sectorización
cumple dichos límites.
Será necesario informe de la Administración Hidráulica competente para la sectorización de los ámbitos URNS-4 y URNS-5 al ser colindantes con el Arroyo de La Zorra.
En todos los ámbitos se adoptarán las medidas necesarias para evitar el riesgo de contaminación de aguas subterráneas y en los ámbitos URNS-3, URNS-5 y URNS-6 se deberá
elaborar un plan de autoprotección contra el riesgo de incendios.
URNS-5
92.054
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
NORMATIVA URBANÍSTICA. Fichas Urbanísticas"
Todos los ámbitos quedan sometidos a estudios acústicos y estudios geológico-geotécnicos específicos. Cada estudio geológico-geotécnico será elaborado como Anexo del Plan
de Sectorización y sometido, por tanto, a Evaluación Ambiental, debiendo tenerse en cuenta sus conclusiones para la ordenación del ámbito.
En el ámbito URNS-4 aquellos suelos que el estudio geológico-geotécnico demuestre que presentan alto riesgo se destinarán única y exclusivamente a espacios libres sin que este
condicionante pueda modificarse en el planeamiento de desarrollo.
8.388
TOTAL
409.424
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
página 6195/13
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
URNS-6
00259467
Identificación
URNS-1
Superficie
(m²s)
31.513
URNS-2
32.418
Usos incompatibles
Condiciones de sectorización
Disposición de sistemas generales y otras determinaciones
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Los sistemas generales que, en su caso, se prevean para la sectorización de estos ámbitos se localizarán en las zonas de mayor accesibilidad.
En el URNS-3 se localizará el SGEL-P.3 según se delimita en el plano de clasificación a efectos de proteger y conservar intacta la masa de pinos existente.
URNS-3
79.621
En los ámbitos URNS-3, URNS-4 y URNS-5 se dispondrán los espacios libres delimitados junto a la carretera del pantano.
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
Se priorizará el desarrollo de aquellas zonas del suelo urbanizable no sectorizado que mejor capacidad de conexión de infraestructuras generales
tengan, aporten mayores beneficios para el desarrollo económico-social del municipio y presenten garantías para su efectiva ejecución.
Queda excluido de los ámbitos URNS-2 y URNS-4 el tramo colindante de la vía pecuaria “Vereda de Cuevas de San Marcos” considerado como SG-VP.1
Queda excluido del ámbito URNS-6 el tramo colindante de la vía pecuaria “Colada de Villanueva de Tapia” considerado como SG-VP.3.
URNS-4
165.430
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
En todo caso la sectorización de este suelo tendrá que cumplir las exigencias de la Norma 45 del POTA sobre límites de crecimiento urbano. De
acuerdo a ello no se podrán sectorizar hasta 8 años después de la aprobación definitiva del PGOU excepto si, con anterioridad, la sectorización
cumple dichos límites.
Será necesario informe de la Administración Hidráulica competente para la sectorización de los ámbitos URNS-4 y URNS-5 al ser colindantes con el Arroyo de La Zorra.
En todos los ámbitos se adoptarán las medidas necesarias para evitar el riesgo de contaminación de aguas subterráneas y en los ámbitos URNS-3, URNS-5 y URNS-6 se deberá
elaborar un plan de autoprotección contra el riesgo de incendios.
URNS-5
92.054
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
NORMATIVA URBANÍSTICA. Fichas Urbanísticas"
Todos los ámbitos quedan sometidos a estudios acústicos y estudios geológico-geotécnicos específicos. Cada estudio geológico-geotécnico será elaborado como Anexo del Plan
de Sectorización y sometido, por tanto, a Evaluación Ambiental, debiendo tenerse en cuenta sus conclusiones para la ordenación del ámbito.
En el ámbito URNS-4 aquellos suelos que el estudio geológico-geotécnico demuestre que presentan alto riesgo se destinarán única y exclusivamente a espacios libres sin que este
condicionante pueda modificarse en el planeamiento de desarrollo.
8.388
TOTAL
409.424
Industrias incompatibles con la
zonificación residencial
página 6195/13
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
URNS-6
00259467