3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/70-25)
Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial de la vía pecuaria denominada «Cordel de las Alparatas de Mojácar a Vera», en el tramo a su paso por el polígono 15, parcelas 43 y 90008, y polígono 22, parcelas 40, 41, 49, 124, 90006, 90007 y 90008, en el término municipal de Vera, provincia de Almería.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5949/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el procedimiento
administrativo de deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial de
la vía pecuaria denominada «Cordel de las Alparatas de Mojácar a Vera», en
el tramo a su paso por el polígono 15, parcelas 43 y 90008, y polígono 22,
parcelas 40, 41, 49, 124, 90006, 90007 y 90008, en el término municipal de
Vera, provincia de Almería.
Expte.: VP@395/2019.
Examinado el expediente de deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial
de la vía pecuaria denominada «Cordel de la Alparatas de Mojácar a Vera», en el tramo
a su paso por el polígono 15, parcelas 43 y 90008, y polígono 22, parcelas 40, 41, 49,
90006, 90007 y 90008, en el término municipal de Vera, provincia de Almería, y vista la
propuesta de resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Almería,
se desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria «Cordel de la Alparatas de Mojácar a Vera», en el término
municipal de Vera, provincia de Almería, está clasificada por la Orden de 6 de marzo de
1995 de la Consejería de Medio Ambiente y Orden de 25 de mayo de 1995.
Segundo. Por Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de fecha 7 de julio de 2021, se acordó iniciar el procedimiento de
deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial de la vía pecuaria antes citada.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, desafectación y modificación de trazado
parcial, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 150, de
fecha 6 de agosto de 2021, y notificación a las partes interesadas en el procedimiento, se
llevaron a cabo el día 5 de octubre de 2020.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, desafectación y modificación de
trazado parcial, se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Almería núm. 217, de fecha 12 de noviembre de 2021.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe
con fecha 8 de marzo de 2022, en el que se constata que el procedimiento administrativo
se ha instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa
en el acto de clasificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, desafectación y modificación de
trazado parcial en virtud de lo preceptuado en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259265
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
BOJA
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5949/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el procedimiento
administrativo de deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial de
la vía pecuaria denominada «Cordel de las Alparatas de Mojácar a Vera», en
el tramo a su paso por el polígono 15, parcelas 43 y 90008, y polígono 22,
parcelas 40, 41, 49, 124, 90006, 90007 y 90008, en el término municipal de
Vera, provincia de Almería.
Expte.: VP@395/2019.
Examinado el expediente de deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial
de la vía pecuaria denominada «Cordel de la Alparatas de Mojácar a Vera», en el tramo
a su paso por el polígono 15, parcelas 43 y 90008, y polígono 22, parcelas 40, 41, 49,
90006, 90007 y 90008, en el término municipal de Vera, provincia de Almería, y vista la
propuesta de resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Almería,
se desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria «Cordel de la Alparatas de Mojácar a Vera», en el término
municipal de Vera, provincia de Almería, está clasificada por la Orden de 6 de marzo de
1995 de la Consejería de Medio Ambiente y Orden de 25 de mayo de 1995.
Segundo. Por Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de fecha 7 de julio de 2021, se acordó iniciar el procedimiento de
deslinde, desafectación y modificación de trazado parcial de la vía pecuaria antes citada.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, desafectación y modificación de trazado
parcial, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 150, de
fecha 6 de agosto de 2021, y notificación a las partes interesadas en el procedimiento, se
llevaron a cabo el día 5 de octubre de 2020.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, desafectación y modificación de
trazado parcial, se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Almería núm. 217, de fecha 12 de noviembre de 2021.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe
con fecha 8 de marzo de 2022, en el que se constata que el procedimiento administrativo
se ha instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa
en el acto de clasificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, desafectación y modificación de
trazado parcial en virtud de lo preceptuado en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259265
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes