3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/70-20)
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Finca Experimental Universidad de Almería-ANECOOP, por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5971/2
de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de
Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005 de 31 de mayo, de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de
febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero,
así como el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de
Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación, en lo
referente a su ámbito territorial de actuación, pasando del ámbito territorial nacional al
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, implica la desafectación de
la fundación del Protectorado de Fundaciones Estatal y su inscripción en el Registro de
Fundaciones de Andalucía.
Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto
en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005,
de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto
32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de
Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo
con el artículo 12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos y clasificar a la Fundación Finca
Experimental Universidad de Almería-ANECOOP, atendiendo a sus fines, como entidad
de estudios y actividades formativas, ordenando su inscripción en la sección primera,
«Fundaciones docentes, científicas, de investigación y de desarrollo tecnológico», del
Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número AL-1580.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación, su
comunicación al Protectorado de Fundaciones de Competencia Estatal, dependiente del
Ministerio de Cultura y Deporte, así como al Registro de Fundaciones de Competencia
Estatal, dependiente del Ministerio de Justicia y su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259236
Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de
los miembros del patronato a que hace referencia el antecedente de hecho sexto de la
presente resolución, así como la aceptación de sus cargos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5971/2
de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de
Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005 de 31 de mayo, de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de
febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero,
así como el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de
Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación, en lo
referente a su ámbito territorial de actuación, pasando del ámbito territorial nacional al
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, implica la desafectación de
la fundación del Protectorado de Fundaciones Estatal y su inscripción en el Registro de
Fundaciones de Andalucía.
Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto
en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005,
de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto
32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de
Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo
con el artículo 12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos y clasificar a la Fundación Finca
Experimental Universidad de Almería-ANECOOP, atendiendo a sus fines, como entidad
de estudios y actividades formativas, ordenando su inscripción en la sección primera,
«Fundaciones docentes, científicas, de investigación y de desarrollo tecnológico», del
Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número AL-1580.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación, su
comunicación al Protectorado de Fundaciones de Competencia Estatal, dependiente del
Ministerio de Cultura y Deporte, así como al Registro de Fundaciones de Competencia
Estatal, dependiente del Ministerio de Justicia y su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259236
Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de
los miembros del patronato a que hace referencia el antecedente de hecho sexto de la
presente resolución, así como la aceptación de sus cargos.