3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/70-20)
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Finca Experimental Universidad de Almería-ANECOOP, por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5971/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP, por la que se altera su ámbito territorial y
se acuerda su inscripción por traslado.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación Finca Experimental Universidad de Almería-ANECOOP
fue constituida el 11.6.2003, constando su inscripción en el Registro de Fundaciones
de Competencia Estatal por Resolución de 11.6.2004, con número 754 de registro. La
inscripción conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines.
Segundo. Con fecha de entrada de 29.12.2021 se recibe, en el Registro de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Resolución de 16.12.2021, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, por la
que, en virtud de la modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación
sobre cambio del ámbito territorial de actuación, formalizada mediante escritura pública
otorgada el 25.3.2021 ante don José Pascual Díez Serrano, Notario del Ilustre Colegio
Notarial de Andalucía, registrada bajo el número 427 de su protocolo, se acuerda su
traslado al Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se
solicita se proceda a la inscripción en este Registro de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP.
Tercero. Fines.
Según el artículo 7 de los estatutos de la fundación, «los fines de interés general de
la fundación son educativos y de investigación científica y tecnológica en el campo de la
agricultura andaluza, especialmente la que se desarrolla en Almería».
Cuarto. Domicilio y ámbito de actuación.
Según el artículo 4 de sus estatutos, el domicilio de la fundación ha quedado
establecido en el edificio CITE V, Universidad de Almería, carretera de Sacramento, s/n,
La Cañada de San Urbano, 04120 (Almería).
Quinto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación se estableció en la cantidad de sesenta mil euros
(60.000,00 euros), íntegramente desembolsados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento: el
artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259236
Sexto. Patronato.
El patronato de la fundación, cuya composición se regula en el artículo 13 de los
estatutos, queda válidamente identificado en el expediente de traslado.
BOJA
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5971/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP, por la que se altera su ámbito territorial y
se acuerda su inscripción por traslado.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación Finca Experimental Universidad de Almería-ANECOOP
fue constituida el 11.6.2003, constando su inscripción en el Registro de Fundaciones
de Competencia Estatal por Resolución de 11.6.2004, con número 754 de registro. La
inscripción conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines.
Segundo. Con fecha de entrada de 29.12.2021 se recibe, en el Registro de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Resolución de 16.12.2021, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, por la
que, en virtud de la modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación
sobre cambio del ámbito territorial de actuación, formalizada mediante escritura pública
otorgada el 25.3.2021 ante don José Pascual Díez Serrano, Notario del Ilustre Colegio
Notarial de Andalucía, registrada bajo el número 427 de su protocolo, se acuerda su
traslado al Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se
solicita se proceda a la inscripción en este Registro de la Fundación Finca Experimental
Universidad de Almería-ANECOOP.
Tercero. Fines.
Según el artículo 7 de los estatutos de la fundación, «los fines de interés general de
la fundación son educativos y de investigación científica y tecnológica en el campo de la
agricultura andaluza, especialmente la que se desarrolla en Almería».
Cuarto. Domicilio y ámbito de actuación.
Según el artículo 4 de sus estatutos, el domicilio de la fundación ha quedado
establecido en el edificio CITE V, Universidad de Almería, carretera de Sacramento, s/n,
La Cañada de San Urbano, 04120 (Almería).
Quinto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación se estableció en la cantidad de sesenta mil euros
(60.000,00 euros), íntegramente desembolsados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento: el
artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259236
Sexto. Patronato.
El patronato de la fundación, cuya composición se regula en el artículo 13 de los
estatutos, queda válidamente identificado en el expediente de traslado.