3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/15-53)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 742/2
De esta manera, la franja libre de desarrollo urbanístico, que supone un corredor
fluvial, pasa de 200 metros a 100 metros de anchura únicamente en los cuatro sectores
afectados por esta modificación. La pérdida de conectividad por la ocupación de suelo
parece el efecto principal que podría tener esta modificación, pero a pesar de la reducción
a la mitad de la anchura del corredor fluvial, se considera que la función de corredor
ecológico que realiza el río y sus riberas queda garantizada a través de los 100 metros
restantes en esos tramos puntuales.
Los usos concretos que, una vez aprobada esta Modificación núm. 1 se podrían
implantar en los suelos urbanizables sectorizados afectados, son los mismos usos ya
previstos para su desarrollo urbanístico por el planeamiento vigente.
En consecuencia, la presente modificación no altera los supuestos del vigente Plan
de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla en relación con los
efectos ambientales de su desarrollo.
3. Conclusión.
Considerando lo mencionado en el anterior apartado, y analizada la documentación
aportada por el promotor y el resultado del periodo de consultas a las Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas (ver anexo), así como atendiendo a los
criterios de aplicación establecidos en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental para determinar los efectos significativos de los planes y
programas, se informa que no se prevén efectos significativos adversos sobre el medio
ambiente derivados de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la
Aglomeración Urbana de Sevilla, siempre que se cumpla lo establecido en el documento
ambiental estratégico y en la mencionada propuesta de Modificación.
Por otro lado, se procede a dar publicidad al presente informe ambiental estratégico
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 39.3.b) de la ley 7/2007,
de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. El contenido íntegro de este
informe, así como el listado de las entidades consultadas, se publica en la web de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
00254014
Sevilla, 14 de enero de 2022.- El Secretario General, Sergio Arjona Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 742/2
De esta manera, la franja libre de desarrollo urbanístico, que supone un corredor
fluvial, pasa de 200 metros a 100 metros de anchura únicamente en los cuatro sectores
afectados por esta modificación. La pérdida de conectividad por la ocupación de suelo
parece el efecto principal que podría tener esta modificación, pero a pesar de la reducción
a la mitad de la anchura del corredor fluvial, se considera que la función de corredor
ecológico que realiza el río y sus riberas queda garantizada a través de los 100 metros
restantes en esos tramos puntuales.
Los usos concretos que, una vez aprobada esta Modificación núm. 1 se podrían
implantar en los suelos urbanizables sectorizados afectados, son los mismos usos ya
previstos para su desarrollo urbanístico por el planeamiento vigente.
En consecuencia, la presente modificación no altera los supuestos del vigente Plan
de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla en relación con los
efectos ambientales de su desarrollo.
3. Conclusión.
Considerando lo mencionado en el anterior apartado, y analizada la documentación
aportada por el promotor y el resultado del periodo de consultas a las Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas (ver anexo), así como atendiendo a los
criterios de aplicación establecidos en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental para determinar los efectos significativos de los planes y
programas, se informa que no se prevén efectos significativos adversos sobre el medio
ambiente derivados de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la
Aglomeración Urbana de Sevilla, siempre que se cumpla lo establecido en el documento
ambiental estratégico y en la mencionada propuesta de Modificación.
Por otro lado, se procede a dar publicidad al presente informe ambiental estratégico
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 39.3.b) de la ley 7/2007,
de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. El contenido íntegro de este
informe, así como el listado de las entidades consultadas, se publica en la web de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
00254014
Sevilla, 14 de enero de 2022.- El Secretario General, Sergio Arjona Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja