3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/15-53)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 742/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General de Medio
Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el
informe ambiental estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación
del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla.
Conforme a lo previsto en el artículo 39.3.b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, se emite y se hace público el informe ambiental
estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la
Aglomeración Urbana de Sevilla.
2. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
La Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración
Urbana de Sevilla tiene por objeto modificar la letra b) del apartado segundo del
artículo 35 del vigente Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de
Sevilla (POTAUS), limitando la afección de la franja de 200 metros colindantes con el
dominio público marítimo terrestre solo a aquellos suelos que estuviesen en situación de
suelo no urbanizable o urbanizable no sectorizado a la entrada en vigor del POTAUS, con
el objetivo de homogeneizar sus determinaciones con las de los planes subregionales
aprobados con posterioridad y en aras de evitar la interferencia con el planeamiento
urbanístico vigente en ese momento, ya que no existió la intención de alterar dicho
planeamiento a este respecto en el momento de la redacción del POTAUS.
La Modificación núm. 1 no conlleva autorización expresa de ningún desarrollo
urbanístico. Se trata exclusivamente de posibilitar, de forma reglada, el desarrollo
urbanístico de cuatro sectores de suelo urbanizable sectorizado en las condiciones
establecidas en el respectivo planeamiento general: SI-1 del PGOU de La Algaba, SUSDBP-03 Cortijo del Cuarto Norte y SUS-DBP-04 Cortijo del Cuarto Sur del PGOU de
Sevilla y el Sector 5 de la Revisión de las Normas Subsidiarias del Planeamiento de Coria
del Río.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00254014
1. Marco legislativo y antecedentes.
La evaluación ambiental estratégica es un procedimiento regulado por la Ley 7/2007,
de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía.
Analizada la propuesta de Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio
de la Aglomeración Urbana de Sevilla, se constata que se trata de una modificación
menor del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, ya
sometido a evaluación ambiental estratégica ordinaria en 2009.
La Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración
Urbana de Sevilla no afecta al modelo global ni a los objetivos territoriales definidos en la
Normativa del vigente Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de
Sevilla (artículos 3, 12, 16, 34, 48, 56, 66, 71, 74, 76, 81, 88, 89, 94, 98 y 106), por lo que
se considera que la presente Modificación no es sustancial en relación con la finalidad
perseguida por el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla
y es coherente con su estrategia territorial.
Es, por tanto, de aplicación el artículo 36.2 de la ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, que establece que serán objeto de una evaluación
ambiental estratégica simplificada las modificaciones menores de los planes y programas
que fueron sometidos a evaluación ambiental ordinaria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 742/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General de Medio
Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el
informe ambiental estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación
del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla.
Conforme a lo previsto en el artículo 39.3.b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, se emite y se hace público el informe ambiental
estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la
Aglomeración Urbana de Sevilla.
2. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
La Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración
Urbana de Sevilla tiene por objeto modificar la letra b) del apartado segundo del
artículo 35 del vigente Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de
Sevilla (POTAUS), limitando la afección de la franja de 200 metros colindantes con el
dominio público marítimo terrestre solo a aquellos suelos que estuviesen en situación de
suelo no urbanizable o urbanizable no sectorizado a la entrada en vigor del POTAUS, con
el objetivo de homogeneizar sus determinaciones con las de los planes subregionales
aprobados con posterioridad y en aras de evitar la interferencia con el planeamiento
urbanístico vigente en ese momento, ya que no existió la intención de alterar dicho
planeamiento a este respecto en el momento de la redacción del POTAUS.
La Modificación núm. 1 no conlleva autorización expresa de ningún desarrollo
urbanístico. Se trata exclusivamente de posibilitar, de forma reglada, el desarrollo
urbanístico de cuatro sectores de suelo urbanizable sectorizado en las condiciones
establecidas en el respectivo planeamiento general: SI-1 del PGOU de La Algaba, SUSDBP-03 Cortijo del Cuarto Norte y SUS-DBP-04 Cortijo del Cuarto Sur del PGOU de
Sevilla y el Sector 5 de la Revisión de las Normas Subsidiarias del Planeamiento de Coria
del Río.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00254014
1. Marco legislativo y antecedentes.
La evaluación ambiental estratégica es un procedimiento regulado por la Ley 7/2007,
de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía.
Analizada la propuesta de Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio
de la Aglomeración Urbana de Sevilla, se constata que se trata de una modificación
menor del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, ya
sometido a evaluación ambiental estratégica ordinaria en 2009.
La Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración
Urbana de Sevilla no afecta al modelo global ni a los objetivos territoriales definidos en la
Normativa del vigente Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de
Sevilla (artículos 3, 12, 16, 34, 48, 56, 66, 71, 74, 76, 81, 88, 89, 94, 98 y 106), por lo que
se considera que la presente Modificación no es sustancial en relación con la finalidad
perseguida por el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla
y es coherente con su estrategia territorial.
Es, por tanto, de aplicación el artículo 36.2 de la ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, que establece que serán objeto de una evaluación
ambiental estratégica simplificada las modificaciones menores de los planes y programas
que fueron sometidos a evaluación ambiental ordinaria.
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