Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/14-6)
Decreto 6/2022, de 18 de enero, por el que se modifica el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
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Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022

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protegidas de este programa por los Registros Públicos Municipales de Demandantes
de Viviendas Protegidas. Igualmente, se persigue el objetivo de ampliar las familias que
puedan beneficiarse de las ayudas a personas jóvenes para la adquisición de viviendas,
permitiendo que la vivienda adquirida pueda acogerse a cualquiera de los programas
previstos en el Plan.
En tercer lugar, y con el fin de facilitar la gestión por los gobiernos locales, a través
de los mencionados Registros, de la selección de las personas adjudicatarias de las
viviendas protegidas, se aumenta el plazo de que aquellos disponen para entregar a los
promotores y titulares de viviendas protegidas las listas de personas adjudicatarias, en el
marco del procedimiento simplificado que se regula en el Plan para la adjudicación de las
viviendas promovidas a su amparo, pasando a ser de un mes, por haberse comprobado
que el plazo anterior de 15 días resulta insuficiente.
En cuarto lugar, se modifica la regulación del programa relativo a los Premios
Andalucía de Arquitectura, que se realiza en el capítulo III del título V, al considerar
necesario incluir la intervención de un órgano colegiado para la valoración de las
candidaturas presentadas, pudiendo ser miembros del mismo personas ajenas a la
Administración, y previéndose, de conformidad con lo dispuesto en la disposición
adicional sexta del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio de la Junta de Andalucía, el abono de las indemnizaciones por los gastos
efectuados con motivo de la concurrencia efectiva a las reuniones.
En quinto lugar, se modifica la disposición adicional sexta, referida a los programas
y bases reguladoras del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020,
persiguiendo con ello introducir una aclaración respecto de las viviendas que se califiquen
a partir de la publicación del Plan Vive en Andalucía 2020-2030, pues lógicamente dichas
viviendas han de calificarse al amparo del nuevo Plan a todos los efectos, aunque se
acojan a las ayudas previstas en las bases reguladoras publicadas con anterioridad a la
entrada en vigor del mencionado Plan, lo que resulta confuso en la redacción actual.
Por último, con el fin de contribuir a la lucha contra la ocupación ilegal, se incluye un
apartado 5 en el artículo 3, otorgando la posibilidad de que en la normativa de desarrollo
del mismo pueda establecerse como requisito el que las futuras personas beneficiarias de
los programas que se regulan no hayan sido condenadas o sancionadas por ocupaciones
ilegales de viviendas, ni en la vía penal ni en la civil o la administrativa. No obstante, se
regula que en dicha normativa pueda preverse que a determinadas unidades familiares,
por las circunstancias concurrentes en las mismas, pueda eximírselas de dicho requisito.
La ocupación ilegal es un problema social que se ha venido incrementando en los
últimos años, y sobre todo en los últimos meses en los que la crisis sanitaria originada
por la COVID-19 ha provocado un incremento de personas en situación de grave riesgo
de pobreza y exclusión social, y que es motivo de preocupación no solo para las personas
propietarias de las viviendas que pueden ser objeto de la misma, sino también de la
ciudadanía en general por los problemas de convivencia que genera. Además, cuando el
objeto de la ocupación es una vivienda de titularidad pública, se está limitando el derecho
de acceso a la vivienda de las personas inscritas en los Registros Públicos Municipales
de Demandantes de Vivienda Protegida, conculcando los procedimientos de adjudicación
de estas viviendas.
Este problema es especialmente preocupante en nuestra la Comunidad Autónoma
de Andalucía. Según datos del Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del
Interior, las denuncias por los delitos relacionados con la ocupación ilegal de inmuebles
han supuesto un incremento interanual del 5 % en el primer semestre del año 2020. En
cuanto a los procedimientos civiles, si nos atenemos a los datos del Consejo General
de Poder Judicial, los juicios verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas se
han incrementado también en nuestra Comunidad Autónoma casi un 28 % en los nueve
primeros meses de 2020, respecto al mismo periodo de 2019, y un 164 % en este último
año respecto del año 2018.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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