Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-13)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área: Medicina del Trabajo, dependientes de los Hospitales de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente, aprobados por el Decreto 168/2020, de 6 de octubre, Decreto 227/2020, de 29 de diciembre, Resolución de 22 de diciembre (30 de diciembre de 2020) y el Decreto 198/2021, de 20 de julio, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
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Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

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b) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritas.
c) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
d) Fundaciones Privadas entre cuyos fines esté la formación.
1.4. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por empresas privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por crédito CFC: 0,15 puntos.
b) Aquellos créditos que haya sido realizados en los dos últimos años, tomando como
referencia la fecha de publicación de la convocatoria tendrán, hasta un máximo de 2
puntos, una puntuación adicional de 0,05 puntos.
2. Por la superación de actividades formativas que hayan sido organizadas e
impartidas por las Universidades españolas o de los países miembros de la Unión
Europea con la condición de título propio (Máster Universitario, Experto Universitario,
Especialista Universitario), en el ámbito de las Ciencias de la Salud.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Cada Título Propio Universitario con la denominación de Máster: 3 puntos.
b) Cada Título Propio Universitario con la denominación de Diploma de Especialización,
Experto Universitario, Especialista Universitario o equivalentes: 2 puntos.
b.1) Con un número superior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 2 puntos.
b.2) Con un número inferior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,50 puntos.
c) Por cada actividad de formación como discente en actividades de formación
continuada bajo la denominación de cursos, diplomas o certificaciones de extensión
universitaria, programas de desarrollo profesional y personal o equivalentes:
c.1) Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas):
1,50 puntos.
c.2) C
 on un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada
crédito 0,10 puntos.
3. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas no acreditadas
por alguno de los órganos acreditadores que integran el Sistema de Acreditación de
la Formación Continuada en el Sistema Nacional de Salud, y que guarde una relación
directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría
y en su caso especialidad a la que se concursa, y hasta un máximo de 6 puntos.
3.1. Por la asistencia a actividades formativas, y hasta un máximo de 6 puntos,
que hayan sido organizadas e impartidas por los siguientes organismos públicos,
corporaciones de derecho público, asociaciones de utilidad pública, y organizaciones
sindicales que intervienen en el Sistema Nacional de Salud:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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