Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-14)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y se aprueban las Bases Específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias y las Ofertas de Empleo Público para los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

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Apartado cuarto. Actividades y proyectos de investigación (máximo 4 puntos).
1. Publicaciones científicas.
Publicaciones en revistas de carácter científico indexadas en las bases de datos
especializadas Web of Science (Wos) o SCOPUS.
1.1. Se valorarán los Artículos científicos (original, original breve, revisión, revisión
sistemática, meta-análisis y guías de práctica clínica) publicados en revis-tas con factor
de impacto del Journal Citation Report (JCR) o Scimago Journal Range (SJR) de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) Incluido en el primer cuartil (Q1) 0,80 puntos.
b) Incluido en el segundo cuartil (Q2) 0,65 puntos.
c) Incluido en el tercer cuartil (Q3): 0,50 puntos.
d) Incluido en el cuarto cuartil (Q4): 0,40 puntos.
1.2. De acuerdo con las posiciones de autoría se multiplicará por los siguientes
factores correctores:
a) Con el 100% de la puntuación, el primer autor/a, el segundo autor/a y el último
autor/a o el autor/a de correspondencia.
b) Con el 50% de la puntuación, el resto de las posiciones de autoría no incluidos en
el apartado anterior.
1.3 No serán objeto de valoración las notas clínicas, resúmenes de comunicaciones y
casos clínicos, o aquellas de análoga naturaleza que así aprecie el Tribunal.
2. Proyectos de investigación.
Por cada participación en proyectos de investigación con financiación competitiva
obtenida en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europea,
del Reino de España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de
Sanidad, Ciencia, Tecnología e Investigación. Se puntuarán de acuerdo con los siguientes
criterios:
a) Como investigador en proyectos de carácter internacional financiado por la UE:
- La participación como investigador/a principal: 2 puntos
- La participación como investigador/a colaborador/a: 1 punto
b) Como investigador en proyectos de carácter nacional o autonómico financiado por
el gobierno de España o de las CCAA:
- La participación como investigador/a principal: 1 puntos
- La participación como investigador/a colaborador/a: 0,50 puntos
3. Premios de investigación.
Se valorarán los premios a trabajos de investigación originales publicados, otorgados
en convocatorias de pública concurrencia y carácter competitivo por sociedades
científicas del ámbito profesional de la categoría objeto de la convocatoria, organismos o
premios de reconocido prestigio, entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas
entre cuyos fines se encuentre la investigación, y siempre que dichos premios estén
directamente relacionados con las tareas propias del ejercicio de la categoría y en su
caso especialidad.
Serán así mismo valorados los premios de reconocido prestigio a trayectorias
científicas, otorgados por sociedades científicas y organismos oficiales. Se puntuarán de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada premio otorgado por una organización de ámbito internacional: 0,50 puntos.
b) Por cada premio otorgado por una organización de ámbito nacional: 0,30 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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mediante la realización del programa de especialización en una escuela profesional con
certificación mínima de dos años o por haberlo obtenido tras la superación del período de
formación establecido en el Real Decreto 264/1989, profundizando los aspectos teóricos
y prácticos del área correspondiente a su especialidad, o por haber cumplido otro período
de formación equivalente como residente u otra vía de acceso, siempre que se hubiera
obtenido el título: 1,5 puntos.