Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-15)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista-Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
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Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

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1.4. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por Empresas privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por crédito CFC: 0,15 puntos.
b) Aquellos créditos que haya sido realizados en los dos últimos años, tomando como
referencia la fecha de publicación de la convocatoria tendrán, hasta un máximo de 2
puntos, una puntuación adicional de 0,05 puntos.
2. Por la superación de actividades formativas que hayan sido organizadas e
impartidas por las universidades españolas o de los países miembros de la Unión Europea
con la condición de título propio (Máster Universitario, Experto Universitario, Especialista
Universitario), en el ámbito de las ciencias de la salud.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Cada Título Propio Universitario con la denominación de Máster: 3 puntos.
b) Cada Título Propio Universitario con la denominación de Diploma de Especialización,
Experto Universitario, Especialista Universitario o equivalentes: 2 puntos.
b.1) Con un número superior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 2 puntos.
b.2) C
 on un número inferior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,50
puntos.
c) Por cada actividad de formación como discente en actividades de formación
continuada bajo la denominación de cursos, diplomas o certificaciones de extensión
universitaria, programas de desarrollo profesional y personal o equivalentes:
c.1) Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas):
1,50 puntos.
c.2) C
 on un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada
crédito 0,10 puntos.
3. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas no acreditadas
por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la
formación continuada en el sistema nacional de salud, y que guarde una relación directa
y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en
su caso especialidad a la que se concursa, y hasta un máximo de 6 puntos.
3.1. Por la asistencia a actividades formativas, y hasta un máximo de 6 puntos, que
hayan sido organizadas e impartidas o incluidas en sus Planes Anuales de Formación por los
siguientes organismos públicos, corporaciones de derecho público, asociaciones de utilidad
pública, y organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema Nacional de Salud:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas (entre
los que se encuentran incluidas las agencias públicas empresariales sanitarias), Ministerio
competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras Entidades de los
Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la formación continuada
para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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