3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/226-28)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se autoriza el inicio de actividad del centro extranjero Marbella International Studies Center, S.L., para impartir enseñanzas universitarias, conforme al sistema educativo vigente en la República de Serbia, en virtud del convenio de colaboración suscrito con la Universidad de Singidunum (Serbia).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

página 18576/2

de la renovación del Convenio de Colaboración entre Marbella Internacional Studies
Center, S.L. y la Universidad de Singidunum (Serbia), aportación de acreditación de la
constitución de una hipoteca unilateral sobre una finca registral, acuerdo, debidamente
firmado, y elevado a documento, entre el actual administrador único de Marbella
International Studies Center S.L. y el accionista mayoritario de esta entidad y aportación
de las cuentas anuales auditadas relativas a los últimos dos años.
Cuarto. Con fecha de 31 de octubre de 2021, se ha recibido escrito de respuesta al
requerimiento de información, que una vez revisado, permite considerar subsanada en
tiempo y forma la solicitud de inicio de actividad. Analizada la documentación aportada,
se considera cumplido el requisito de adaptación previsto en la disposición adicional
primera del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo.
Quinto. En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en virtud del
artículo 8.1.c), del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, esta Secretaría General
RESU ELV E
Primero. Autorizar a la entidad Marbella Internacional Studies Center, S.L, el inicio de
actividad de las enseñanzas universitarias extranjeras con arreglo al sistema educativo
vigente de la Universidad de Singidunum (Serbia), conducentes a la obtención de los
siguientes títulos:
- Bachelor of Science in Journalist.
- Bachelor of Science in Comunications.
- Bachelor of Science in Political Science.
- Bachelor of Science in Management.
- Master of Science in Comunications.
- Master of Science in Political Science.
- Master of Science in Management.

Segundo. Para la comprobación del cumplimiento de los requisitos del personal
docente e investigador y del personal de administración y servicios, en el curso siguiente
al de inicio de su actividad, la Dirección General de Universidades solicitará del centro
los datos efectivos de la matrícula y de la contratación del personal, acompañados de los
documentos correspondientes de la Seguridad Social.
En los siguientes cursos académicos, el centro deberá someterse al procedimiento
de seguimiento y control, de acuerdo con lo previsto en el artículo 86 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en la forma en que reglamentariamente
se determine, el centro deberá someterse a la evaluación del órgano de evaluación
externo de la Comunidad de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250805

Los títulos para los que se concede autorización de inicio de actividad tendrán
únicamente los efectos que les otorgue la legislación del Estado de origen. El
reconocimiento de efectos en España se ajustará a lo establecido por la normativa
específica reguladora del reconocimiento de estudios y títulos extranjeros de educación
superior, debiendo informar de esta circunstancia a los alumnos que deseen matricularse
en el mismo. Así mismo, esta autorización no conlleva el derecho a la homologación
automática en España de estos estudios.
Cualquier otra enseñanza de nivel universitario que se quiera implantar deberá contar
con la autorización previa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.