5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/206-16)
Anuncio de 11 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Industria y Minas, por el que se hace pública la Resolución de 20 de septiembre de 2021 que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 206 - Martes, 26 de octubre de 2021
página 141
Sexto. Con fecha 22 de marzo de 2021, se recibe en la Secretaría General de Industria
y Minas, informe favorable únicamente para uso tópico, de la Delegación Territorial
de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades en Córdoba, a la declaración de la condición de las aguas
minero-medicinales, relativas al recurso de la Sección B), denominado “Sondeo Tres
Palos”, número 149, sito en el término municipal de Alcaracejos (Córdoba).
Séptimo. Con fecha 22 de marzo de 2021, la Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades en Córdoba, eleva propuesta de resolución favorable a la declaración de
la condición de aguas minero-medicinales, con fines terapéuticos para uso tópico, de las
aguas relativas al recurso de la Sección B), denominado “Sondeo Tres Palos”, número 149,
sito en el término municipal de Alcaracejos (Córdoba).
Octavo. Con fecha 23 de marzo de 2021, la Secretaría General de Industria y
Minas, solicita de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo,
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Córdoba,
documentación adicional que fue remitida con fecha 6 de abril de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades es competente para dictar la presente Resolución de conformidad con lo
establecido en el artículo 24.1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo
39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto
2857/1978, de 25 de agosto; ello, en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24
de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía
y minas; con el artículo 8.1 del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de
la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; con el artículo 6.1.e) del
Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades;
y con la Disposición Adicional Sexta, del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el
que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114.2 de la Ley 22/1973, de
Minas, de 21 de julio, y 140.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, el
expediente se ha instruido por la Delegación Territorial competente en materia de minería
en la provincia.
Tercero. Son de aplicación los artículos 12 y 16 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Visto cuanto antecede, esta Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, a propuesta de la Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades en Córdoba, y con la conformidad del Servicio de Minas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200594
Cuarto. Es de aplicación el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “… la aceptación
de informes o dictámenes servirá de motivación a la resolución cuando se incorporen al
texto de la misma...”
BOJA
Número 206 - Martes, 26 de octubre de 2021
página 141
Sexto. Con fecha 22 de marzo de 2021, se recibe en la Secretaría General de Industria
y Minas, informe favorable únicamente para uso tópico, de la Delegación Territorial
de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades en Córdoba, a la declaración de la condición de las aguas
minero-medicinales, relativas al recurso de la Sección B), denominado “Sondeo Tres
Palos”, número 149, sito en el término municipal de Alcaracejos (Córdoba).
Séptimo. Con fecha 22 de marzo de 2021, la Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades en Córdoba, eleva propuesta de resolución favorable a la declaración de
la condición de aguas minero-medicinales, con fines terapéuticos para uso tópico, de las
aguas relativas al recurso de la Sección B), denominado “Sondeo Tres Palos”, número 149,
sito en el término municipal de Alcaracejos (Córdoba).
Octavo. Con fecha 23 de marzo de 2021, la Secretaría General de Industria y
Minas, solicita de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo,
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Córdoba,
documentación adicional que fue remitida con fecha 6 de abril de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades es competente para dictar la presente Resolución de conformidad con lo
establecido en el artículo 24.1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo
39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto
2857/1978, de 25 de agosto; ello, en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24
de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía
y minas; con el artículo 8.1 del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de
la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; con el artículo 6.1.e) del
Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades;
y con la Disposición Adicional Sexta, del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el
que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114.2 de la Ley 22/1973, de
Minas, de 21 de julio, y 140.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, el
expediente se ha instruido por la Delegación Territorial competente en materia de minería
en la provincia.
Tercero. Son de aplicación los artículos 12 y 16 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Visto cuanto antecede, esta Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, a propuesta de la Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades en Córdoba, y con la conformidad del Servicio de Minas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200594
Cuarto. Es de aplicación el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “… la aceptación
de informes o dictámenes servirá de motivación a la resolución cuando se incorporen al
texto de la misma...”